Discapacidad
Los poderes preventivos para afrontar una futura situación de discapacidad se disparan tras la Ley 8/2021
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Los poderes preventivos para afrontar una futura situación de discapacidad se dispararon tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021, con 24.013 otorgados entre 2022 y 2025 frente a los 162.266 poderes generales con cláusula de subsistencia registrados entre 2011 y 2021.
Así lo destacó la presidenta del Consejo General del Notariado y de la Fundación Aequitas, Concepción Barrio del Olmo, durante un diálogo organizado por Servimedia junto al Consejo General del Notariado y la Fundación Aequitas con motivo del quinto aniversario de la Ley 8/2021, en el que explicó que “la nueva legislación ha contribuido a que estas herramientas sean cada vez más conocidas y utilizadas”.
La presidenta del Notariado señaló que, frente a los poderes generales con cláusula de subsistencia que se otorgaban antes de la entrada en vigor de la norma, los poderes preventivos permiten a una persona anticipar cómo quiere que se atiendan sus asuntos si en el futuro se encuentra en una situación de discapacidad.
En concreto, detalló que entre 2011 y 2021 se otorgaron 162.266 poderes generales con cláusula de subsistencia, mientras que entre 2022 y 2025 se registraron 24.013 poderes propiamente preventivos. A su juicio, estas cifras muestran que existe “una preocupación creciente” por adoptar medidas de apoyo antes de que puedan resultar necesarias.
Barrio del Olmo explicó que estos instrumentos no se limitan a cuestiones económicas o patrimoniales, sino que también permiten incorporar decisiones relacionadas con la propia persona. Así, se puede establecer quién se encargará de administrar los bienes, realizar determinados trámites o gestionar contratos, pero también prever aspectos vinculados a la atención y los cuidados.
La representante del Notariado puso como ejemplo situaciones que pueden afectar a cualquier persona, como un accidente, un ictus u otras circunstancias que puedan provocar una situación de discapacidad. En estos casos, el poder preventivo permite “dejar establecida de antemano la persona que se quiere que preste apoyo” o ejerza la representación cuando sea necesario.
Además, destacó que la Ley 8/2021 favorece que cada persona pueda diseñar su propio “traje a medida” de apoyos, de acuerdo con sus necesidades y preferencias. Para ello, consideró fundamental el asesoramiento notarial, ya que permite explicar las distintas posibilidades que ofrece la legislación y establecer salvaguardas para “evitar abusos o conflictos de interés”.
Barrio del Olmo subrayó que este cambio supone también una “evolución en la forma de afrontar las situaciones de discapacidad”, al pasar de soluciones basadas en la sustitución de la persona a otras en las que se busca respetar su voluntad y permitirle decidir anticipadamente sobre su futuro.
(SERVIMEDIA)
06 Sep 2026
RIM/clc
