Cataluña

PP y Ciudadanos llevan al TC la ley aprobada por la Generalitat para sortear la sentencia del 25% de castellano

MADRID
SERVIMEDIA

El Partido Popular y Ciudadanos presentaron este viernes un recurso en el Tribunal Constitucional contra el decreto-ley que la Generalitat de Cataluña aprobó para sortear la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Catalán (TSJC) que obliga a impartir en castellano al menos el 25% de las clases en escuelas catalanas.

Así lo avanzó el PP en un comunicado en el que indica que la ley aprobada por la Generalitat vulnera el artículo 64 del Estatuto de Autonomía de Cataluña y el 86 de la Constitución, "al no existir fundamento habilitante para la utilización de dicha norma que requiere extraordinaria y urgente necesidad, además de trascender los límites establecidos en el Estatut para la utilización de dicho instrumento normativo".

Posteriormente, la presidenta de Ciudadanos, Inés Arrimadas, confirmó en una rueda de prensa la noticia avanzada por el PP y defendió que su partido debe "demostrar a los constitucionalistas que por encima de las siglas está la defensa de la ley y su derechos".

En concreto, el recurso presentado por ambos partidos ante el Alto Tribunal afecta a los artículos 2 (a y d), 3.1 y el 4.1 del Decreto Ley de Cataluña 6/2022 por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, aprobación, validación y revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, así como a los artículos 2.1 y 2.4 de la Ley catalana 8/2022, sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.

Uno de los fundamentos del recurso es que tanto el decreto como la ley omiten "cualquier referencia" al castellano como lengua vehicular en la enseñanza en Cataluña, lo que "vulneraría" la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y la doctrina del Tribunal Constitucional. Asimismo, tanto PP como Ciudadanos consideran que la justificación de la Generalitat para utilizar un decreto ley no es válida porque no busca preparar el próximo curso escolar, sino conseguir "cobertura jurídica para eludir el inmediato cumplimiento de la sentencia del TSJC".

Por otro lado, el recurso añade que se pretende erigir dicha norma en un supuesto de “imposibilidad legal” de ejecutar el fallo de la sentencia, y que “la extraordinaria y urgente necesidad únicamente deriva de la urgencia en disponer de un instrumento normativo que le permita oponer esta ‘imposibilidad legal’ de ejecución en los plazos procesales propios del incidente de ejecución de la sentencia”.

Respecto al artículo 2d del decreto aprobado en el Parlament, el recurso indica que "está directamente encaminado a eludir el cumplimiento de un pronunciamiento de condena contenido en una sentencia y el auto que ordena su ejecución".

Otros fundamentos del recurso se centran en que las normas citadas vulneran preceptos constitucionales relacionados con la autonomía de los centros garantizada por la normativa básica del Estado y con la alta inspección como competencia exclusiva del mismo, además de la competencia del Estado para la regulación del uso del castellano.

En cuanto a los preceptos del decreto y de la ley, que señalan que el departamento competente en materia de educación asume y verifica la legalidad de los proyectos lingüísticos que valida, se destaca que vulneran el artículo 106 de la Constitución que establece que los tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa. Es decir, alega, que ningún departamento, órgano o unidad administrativa puede asumir por sí misma control ni responsabilidad alguna de la actuación desempeñada en ejecución de sus competencias. “Y ninguna actuación o inactividad administrativa puede quedar exenta de control jurisdiccional”, añade el recurso.

(SERVIMEDIA)
29 Jul 2022
JRC/PTR/clc