Nueva Ley de Bienestar Animal

Entidades del sector del cuidado del animal de compañía informan sobre las modificaciones de la nueva Ley de Bienestar Animal

Madrid
SERVIMEDIA

Algunos de los principales actores del sector del cuidado del animal de compañía, como Kiwoko, Tiendanimal, Miscota, Koala, Mascotas Ávila y Verdecora emitieron un comunicado para explicar las principales modificaciones que recoge la nueva Ley de Bienestar Animal, que regula la protección de los derechos y el bienestar de los animales, se ha aprobado recientemente y entrará en vigor en los próximos seis meses, desde su publicación en el BOE.

Esta nueva normativa, que según afirma la agrupación afecta a aquellos hogares que cuentan ya con animales de compañía, así como a las familias que planeen hacerlo en un futuro cercano, permitía que se puedan vender animales en tiendas, como conejos, cobayas, reptiles, roedores, peces y tortugas, firmando un contrato de compraventa como hasta ahora se venía haciendo. Perros, gatos y hurones sólo podrán ser adquiridos a través de criadores registrados. La venta directa de animales a través de Internet se prohibía, con el fin de asegurar su bienestar, la seguridad de la ciudadanía y evitar el tráfico ilegal.

Desde las compañías afirmaron que esta nueva ley acogía dos listados de especies silvestres y domésticas que pueden considerarse como animales de compañía, los cuales se encuentran aún en definición.

Define la obligación con el animal de compañía de ofrecerle unos cuidados continuados, como son la limpieza, la hidratación, nutrición saludable, revisión médica regular y vacunas al día; además de un hogar que cuente con suficiente espacio para su movilidad y desarrollo. Se penalizaban aquellos actos imprudentes como dejar al animal solo en un vehículo cerrado.

La nueva normativa, según explicaron, permite la figura de tiendas especializadas en el cuidado animal como intermediario en el proceso de adopciones. Para ello establece un acuerdo de colaboración con protectoras, de modo que pueda acoger en estas tiendas a animales que busquen un nuevo hogar de manera temporal, y así facilitar su adopción. El contrato de adopción seguiría siendo de obligado cumplimiento en todos los casos.

En lo que refiere a la esterilización de los animales, establece lo siguiente: no se obliga a la esterilización forzosa de los animales de compañía en general. En cambio, los gatos deberán ser identificados con michochip y esterilizados antes de los 6 meses de edad. En el caso de perros y hurones adoptados, la entidad protectora debía esterilizar al animal antes de la cesión para la adopción (o asumir el compromiso si bajo criterio veterinario no tuviera edad suficiente). Para el resto de los animales, cualquier persona titular de un animal de compañía, sea de la especie que sea, estaba obligado a adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada.

La identificación de los animales continua siendo imperativa a través del microchip y la inscripción en los registros autonómicos correspondientes, para la que se debía seguir acudiendo al veterinario/a de su elección, como hasta ahora.

La normativa también incluye un curso de formación en tenencia responsable, que debía ser realizado por aquellas personas que en un futuro sean titulares de perros. En el caso de aquellas familias que ya cuenten con un perro tendrán que esperar al detalle de lo establecido en el futuro reglamento. El curso era gratuito y su contenido será determinado por un futuro reglamento, que hasta que sea definido su realización no será obligatoria.

Amplia la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil, cuya contratación y vigencia será obligatoria durante toda la vida del animal.

(SERVIMEDIA)
17 Mar 2023
LSM/gja