Senado

El PSOE pide endurecer las penas por el uso de electricidad para alimentar cultivos ilegales

MADRID
SERVIMEDIA

El Grupo Socialista en el Senado pedirá este martes endurecer las penas por el uso de electricidad para alimentar cultivos ilegales, como los de marihuana, al provocar cortes de luz, problemas con los vecinos y por ser una actividad ilegal.

Así lo comunicaron este lunes fuentes socialistas en el Senado, donde, explicaron, este martes se debate una enmienda registrada por el partido a la ley de multirreincidencia en la que piden que un endurecimiento de las penas por el uso de electricidad para alimentar cultivos ilegales, por ejemplo marihuana.

Desde el grupo esgrimen que "el uso de tanta potencia provoca cortes de luz y problemas en las comunidades de vecinos, además de ser para una actividad ilegal". La enmienda presentada, a la que ha tenido acceso Servimedia, busca incluir un nuevo apartado 3 al artículo 255, de la ley de multirreincidencia que tendrá la siguiente redacción:

"Cuando la defraudación prevista en este artículo, cualquiera que fuese su cuantía, se cometa con la finalidad de abastecer de energía eléctrica instalaciones utilizadas para la comisión de alguna de las conductas señaladas en el artículo 368, se impondrá la pena de prisión de seis a dieciocho meses o multa de doce a veinticuatro meses", señalaron.

Desde la formación sostienen que "el escandaloso aumento de estas plantaciones de marihuana en todo el territorio español ha incrementado de forma exponencial los enganches ilegales al suministro eléctrico, siendo insuficiente la respuesta penal que prevé el vigente artículo 255 del Código Penal, donde solo se contemplan penas de multa de hasta doce meses".

Por ello, y para dar una respuesta "más eficaz", según apuntaron, proponen incluir este nuevo apartado en el artículo 255 que contemple la posibilidad de imponer penas privativas de libertad.

Ahora bien, explican que "teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad de las penas y las que, para los delitos contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño, prevé el artículo 368 del Código Penal (de 1 a 3 años de prisión), se considera ajustado introducir una pena de prisión de 6 a 18 meses (similar a la que se prevé para el tipo básico de hurto) y añadir alternativamente una pena de multa de 12 a 24 meses, dando al órgano judicial la posibilidad de optar entre una u otra y graduarla, en atención a las circunstancias concurrentes, como la mayor o menor gravedad del hecho, el importe de la defraudación o las circunstancias personales del autor".

(SERVIMEDIA)
09 Mar 2026
NVR/gja