Laboral
Sindicatos y patronal piden incluir la “singularidad” de la discapacidad en el Estatuto del Becario, aunque discrepan sobre las sanciones
- En un dictamen del CES pactado pese a la falta de apoyo de la CEOE a la norma
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El Consejo Económico y Social (CES) aprobó este viernes, con el apoyo de la inmensa mayoría de sus miembros, incluidos CCOO, UGT, CEOE y Cepyme, el dictamen solicitado por el Gobierno sobre el Estatuto del Becario, que propone mejoras como recoger la “singularidad” de las prácticas no formativas de las personas con discapacidad, aunque también refleja las discrepancias entre los agentes sociales relativas a cuestiones como el régimen sancionador por el incumplimiento de la normativa.
Los agentes sociales lograron así pactar este dictamen tras una negociación que fuentes presentes en las negociaciones trasladaron a Servimedia que fue “muy compleja”. De hecho, cabe recordar que, tras largas negociaciones, la norma fue aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros solo con el acuerdo del Ministerio de Trabajo y los sindicatos y con el rechazo de la patronal.
El dictamen salió adelante con el apoyo de la inmensa mayoría de los miembros del CES, con la oposición apenas de un sindicato de carácter territorial, según las fuentes consultadas por Servimedia.
La norma contiene medidas encaminadas a limitar el número de personas en práctica que pueden tener las empresas u organizaciones en función del tamaño de su plantilla, al tiempo que refuerza la protección de los derechos de los miembros de la organización en prácticas para luchar contra la figura de los ‘falsos becarios’. Para ello, aumenta las sanciones actuales e impide que, por ejemplo, puedan realizar trabajos en horarios especiales.
El texto se empezó a negociar en 2022, se pacto en 2023 solo con los sindicatos y estuvo cerca de ver la luz en Consejo de Ministros en el verano de 2023, pero no sucedió por el adelanto de las elecciones generales y las diferencias que surgieron con la norma en el seno del Gobierno de coalición.
PLAZOS
Las observaciones del dictamen parten de una crítica al Gobierno por el contraste entre el amplio período tiempo que tardó en aprobar el conocido como Estatuto del Becario y el estrecho margen que ha fijado para que el CES pueda emitir su posición.
Tras ello, reconoce la necesidad de aprobar esta norma, por cuanto los jóvenes afrontan una “posición peor” en el mercado de trabajo y las prácticas contribuyen a mejorar sus posibilidades de empleabilidad, así como a casar la oferta y la demanda de empleados por parte de las empresas.
El CES comparte plenamente que la regulación de la formación práctica no laboral en empresas, instituciones u otros organismos públicos y privados debe dirigirse únicamente a las personas que no cuentan con una titulación previa vinculada a dicha formación, así como servir a una finalidad exclusivamente formativa como puente entre los estudios y la inserción profesional de las y los futuros egresados, y evitar que el aprendizaje de competencias en un entorno laboral por esta vía pueda servir para “desplazar, sustituir o enmascarar la prestación de trabajo propia de las relaciones jurídico-laborales”.
Además, el dictamen pide “aportar certidumbre y seguridad jurídica a todas las partes” y que el Estatuto garantice igualdad de condiciones entre el sector público y privado. También demanda asegurar las herramientas necesarias para “luchar contra posibles situaciones y prácticas de fraude que distorsionen la naturaleza y finalidad de la formación práctica no laboral, que excluyan de su acceso a personas en formación por diferentes motivos, entre otros los económicos, y que incluso generen dinámicas de competencia desleal entre empresas”.
Sin embargo, el CES considera que el marco regulatorio debe aportar los elementos adecuados, tanto materiales como temporales, mediante una entrada en vigor, unos periodos transitorios y una regulación de dicha transitoriedad.
El dictamen, que valora positivamente que coticen a la Seguridad Social los períodos de prácticas no profesionales, aconseja que el Estatuto del Becario tenga una mayor concordancia con el concepto más integrado de formación sobre el que se basa el nuevo sistema de Formación Profesional (FP).
FALTA DE COORDINACIÓN
Además, echa en falta una mayor coordinación con instituciones como las universidades y que se hayan incorporado en mayor medida las aportaciones de los Ministerios de Educación y de Universidades. Asimismo, reivindica que se garantice coordinación entre la Administración General del Estado y las de carácter territorial.
También lamenta que no se haya incorporado en la norma, de forma más amplia, las especificidades de las pymes y una memoria económica más detallada sobre su impacto presupuestario. Así, recuerda que las actuaciones de la Inspección de Trabajo en materia de lucha contra los ‘falsos becarios’ generó unos ingresos de 1,4 millones de euros anuales en la media de los últimos años (2021-2024), y, en cambio, se estima en algo más de 97 millones anuales el mayor gasto presupuestario con este Estatuto.
En la misma línea, el documento resalta que hay elementos que, aun siendo socialmente justificados, tienen un impacto económico claro, desde la compensación mínima a las personas en formación de los gastos vinculados a la realización de las prácticas a los costes derivados del tiempo efectivo de tutorización. Igualmente, recuerda que las empresas deberán llegar a acuerdos con instituciones como las universidades, lo que aumentará la carga burocrática.
“En general, y principalmente en las pymes, estos costes y cargas no siempre pueden absorberse con facilidad, especialmente en sectores de bajo margen o en territorios con menor densidad empresarial. Ello requiere reforzar y aclarar, ya en la ley, que las ayudas y compensaciones serán suficientes, estables y de acceso ágil, evitando que queden condicionadas a una excesiva carga administrativa y a una mayor complejidad en la gestión”, exige el CES.
DISCAPACIDAD
El dictamen de la institución dirigida por Antón Costas también incluye un apartado específico sobre personas con discapacidad, de las que dice que afrontan “dificultades añadidas” para las personas con discapacidad, que refuerzan la necesidad de medidas específicas de apoyo y formación práctica adaptada.
En este sentido, el CES considera necesario que el marco normativo de la formación práctica no laboral contemple de manera expresa estas necesidades, con previsiones claras que eviten interpretaciones que puedan resultar perjudiciales para la integración tanto en el sistema de prácticas como posteriormente en el entorno laboral. Así, encuentra necesario que un Estatuto de estas características reconozca que la formación práctica no laboral de las personas con discapacidad puede desarrollarse tanto en entornos ordinarios de trabajo como en entidades especializadas del sector de la discapacidad.
Por ello, el CES estima que el Estatuto debería reconocer la “singularidad” de la formación práctica no laboral dirigida a personas con discapacidad, explicitando sus características tanto para entornos ordinarios de trabajo como para entidades especializadas.
Por otro lado, el Consejo entiende que, en el ámbito específico de la formación práctica no laboral realizada por personas con discapacidad intelectual, el Estatuto debería tener en consideración las características de las tareas que habitualmente se les asignan en contextos de prácticas formativas, y que deben desarrollarse, de acuerdo con las adaptaciones curriculares, con una finalidad pedagógica, adaptativa o de adquisición de habilidades sociolaborales, bajo apoyos personalizados, tal como reconocen los programas de formación para la transición a la vida adulta.
Finalmente, al margen de la discapacidad, el dictamen solicita formación para los tutores de prácticas no laborales y que las ratios recojan diferentes realidades y que permitan, a su vez, compaginar la calidad de la capacitación que se brinda a la persona en práctica con las posibilidades reales de cada compañía, especialmente las de menor tamaño.
(SERVIMEDIA)
16 Ene 2026
DMM/gja
