EL SISTEMA DE HABILITACION PARA ACCEDER A LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS TENDRA UNA UNICA CONVOCATORIA ANUAL
- El Gobierno modifica el sistema temporalmente, hasta que se reforme la LOU
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El Consejo de Ministros aprobó hoy la modificación del real decreto que regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios, de manera que, hasta que el Ejecutivo reforme la Ley de Universidades (LOU), habrá una convocatoria única anual.
Con esta medida, el Ejecutivo persigue "mitigar cuanto antes" las disfunciones que la implantación de este sistema ha generado en el sistema universitario español, mientras se ultima la reforma del acceso a los cuerpos docentes universitarios que se contemplará en la modificación de la Ley Orgánica de Universidades.
El Gobierno ha aprobado un real decreto que, a su vez, modifica otro de 26 de julio de 2002, el cual regula la habilitación nacional y su configuración como requisito previo y necesario para poder obtener una plaza en los cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
De esta manera, el sistema de habilitación tendrá una única convocatoria anual, lo que facilitará a las Universidades y al Consejo de Coordinación Universitaria la planificación del proceso.
Además, la presentación de los documentos que los candidatos a una plaza docente debían presentar ante el tribunal podrán remitirse sin necesidad de desplazamiento físico.
El nuevo real decreto suprime también la exigencia de que el trabajo original que debía presentar el candidato ante el tribunal tuviese que ser, además, inédito.
"Este último requisito, al margen de ser científicamente discutible, ha supuesto un grave inconveniente para los candidatos, que en numerosas ocasiones han tenido que retrasar la publicación de sus investigaciones, para conocimiento de toda la comunidad científica", señaa el Gobierno.
TITULACIONES EXTRANJERAS
Por otro lado, el real decreto aprobado hoy permite que los titulados de sistemas educativos extranjeros puedan optar a las pruebas de habilitación sin necesidad de someterse al complejo trámite de homologación de títulos, aunque sí se exige que el Ministerio de Educación y Ciencia verifique la validez oficial del mismo.
Es el tribunal habilitador el que ya valora el conjunto de la formación específica del candidato, por lo que el trámite de la homologación sólo complica y alarga innecesariamente el proceso. "No obstante, obtener la habilitación no supondrá, en modo alguno, la homologación automática del título extranjero", precisa el Ejecutivo.
(SERVIMEDIA)
01 Abr 2005
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