SOGECABLE. LA AUDIENCIA RECHAZA POR DEFECTO DE FORMA UN RECURSO CONTRA LA ADMISION A TRAMITE DE LA QUERELLA DE SAINZ MORENO

MADRID
SERVIMEDIA

La seción segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó hoy un auto por el que rechaza, por un defecto de forma, un recurso de queja interpuesto contra el auto por el que el juez Javier Gómez de Liaño admitió a trámite la querrella presentada contra el consejo de administración de Sogecable por Javier Sainz Moreno.

En la resolución, la sala indica que el recurrente, Bankinter Consultoría, Asesoramiento y Atención Telefónica, que representa a uno de los consejeros, no impugnó en reforma la dcisión del juez de admitir la querella de Sainz Moreno, por lo que no puede presentar un recurso de queja contra dicha resolución.

Señala que únicamente se limitó a hacer alegaciones apoyando el recurso de reforma presentado por Sogecable contra la admisión de la querella, en las que consideró que el escrito de Sainz Moreno no podía tener efectos jurídicos al no estar éste habilitado para ejercer la acción popular, sino tan sólo para la defensa de asuntos propios.

Por ello, el tribunal, que no enra a valorar el fondo de la cuestión, señala que "al no haber intervenido ni como recurrente principal en reforma, ni como recurrente adherido, es obvio que carece de legitimación para interponer el recurso de queja, que por ello debió ser inadmitido".

(SERVIMEDIA)
22 Mayo 1997
S