SOGECABLE. GOMEZ DE LIAÑO CONFIRMA LA PERSONACION EN LA CAUSA DEL PERIODISTA JESUS CACHO COMO ACCION POPULAR
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El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño, que tramita las querellas contra Sogecable, dictó hoy un auto por el que confirma la personación en las diligencias del periodista Jesús Cacho como acción popular.
De este modo, el magistrado rechaza el recurso de reforma que contra dicha persoación había interpuesto la representación legal de Sogecable, que estimó que el auto que dictó Gómez de Liaño el pasado 5 de mayo admitiendo a trámite la querella presentada por el periodista para ejercer la acción popular carecía de motivación.
Además, Sogecable también señalaba en su recurso que no había fundamento para que el juez no impusiera una fianza a Cacho para personarse en las actuaciones.
Sin embargo, Gómez de Liaño afirma en su resolución que "la decisión judicial (recurrida) contien un juicio de razonabilidad suficiente, con independencia de que convenza o no".
Respecto a la no exigencia de fianza, indica que ratifica lo ya expuesto en el auto recurrido y recuerda que la jurisprudencia señala que cuando el ejercicio de la acción popular se realiza en un procedimiento en curso, como ocurrió en este caso dado que Cacho se personó cuando la investigación ya estaba iniciada, "la necesidad de tal requisito no parece razonable".
Asimismo, agrega que la doctrina indica que "en lossupuestos de delitos públicos, una vez incoada la causa penal los requisitos de querella y prestación de fianza ceden al poderse considerar la personación como simple intervención procesal adhesiva o de coadyuvante".
(SERVIMEDIA)
11 Jun 1997
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