Tribunales

El Supremo da un tirón de orejas a Marlaska y concluye que negó a Pérez de los Cobos el ascenso sin motivo "convincente"

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Cuarta de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo (TS) ha hecho pública este miércoles la sentencia por la que estimó los recursos del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos contra la decisión del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, de impedir su ascenso a general de Brigada. Según la sentencia, la decisión se adoptó sin motivo “convincente”.

La decisión del alto tribunal retrotrae el procedimiento, lo que significa que los ascensos aprobados en octubre de 2021 quedarán anulados para que se pueda optar de nuevo a los ascensos.

El Supremo asegura que en esa convocatoria de promoción no se siguió la práctica habitual de evaluación de los aspirantes y que el cambio de criterio perjudicó a Pérez de los Cobos. Señala en su argumentación que “una cosa es que exista una norma de obligado cumplimiento para la ordenación del resultado de la evaluación, y otra que el propio órgano evaluador se autorregule para dotar de seguridad jurídica a sus decisiones, pero el efecto de su inobservancia debe de ser el mismo”.

En ese sentido, el Supremo asegura que la entonces directora del Instituto Armado María Gámez no actuó de acuerdo a los criterios de objetividad, eficacia y transparencia. Es la segunda decisión judicial favorable al coronel De los Cobos, que recurrió su destitución como jefe de la Comandancia de Madrid por no informar a los responsables de Interior de una investigación que afectaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Tras la destitución, el Consejo Superior de la Guardia Civil se reunió para realizar la evaluación de los coroneles que podían ascender a general de brigada, obteniendo Pérez de los Cobos la máxima puntuación. Pese a ello, no fue ascendido en dos promociones consecutivas. Ahora, el Supremo anula los tres nombramientos realizados entonces e insta a que se repita el proceso de evaluación y ascenso.

La sentencia se explaya al relatar que el informe del Consejo Superior de la Guardia Civil debió de ir acompañado de uno propio de la directora general del cuerpo puesto que Pérez de los Cobos “gozaba de un puesto preferente en la clasificación y el orden resultante de la evaluación final fue consecuencia de inaplicarle el procedimiento de evaluación en el ciclo 2021/2022, cuando le beneficiaba, como en el anterior ciclo 2020/2021, que se le aplicó cuando le perjudicaba”, por lo que “no cabía asumir sin más esa evaluación sin pronunciarse sobre la aplicación de procedimiento de evaluación”.

Por todo ello, “la directora general de la Guardia Civil al informar debe comprobar si ese cambio de proceder es conforme a los principios de objetividad, eficacia y transparencia”, máxime al comprobar que tras su intervención “no constan las razones de la propuesta de la ministra de Defensa (Margarita Robles) sobre la idoneidad del coronel ascendido para la concreta vacante que determina el ascenso”.

El Supremo se recoge también el resultado por el proceso de cese para advertir “este hecho incide en el pleito de forma que las irregularidades advertidas son más que meras infracciones formales o procedimentales, máxime tras haber anulado en firme esta sala aquel cese en el que se cometió una grave ilegalidad a propósito de unos hechos que no es del caso recordar”, por lo que los magistrados inciden en que, “obviando lo que haya de práctica habitual en estos procedimientos, era preciso disipar cualquier atisbo de arbitrariedad”.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 2023
SGR/pai