Tribunales

El Supremo da traslado a la Fiscalía de la exposición razonada de García-Castellón en la causa de 'Tsunami Democràtic'

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha dictado una providencia en la que da traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre competencia y contenido de la exposición razonada remitida por el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, para que se investigue por un delito de terrorismo en la causa 'Tsunami Democràtic al expresidente de la Generalitat y eurodiputado, Carles Puigdemont, a la dirigente de ERC Marta Rovira y otras diez personas más.

En la providencia se designa ponente de este asunto al magistrado Juan Ramón Berdugo que deberá proponer a la Sala si procede o no su admisión. El pasado 21 de noviembre, García Castellón acordó elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo (TS) para que investigue por un delito de terrorismo a Puigdemont, Rovira y el resto de investigados.

En su exposición razonada, el magistrado señalaba que para el esclarecimiento de los hechos es necesaria la práctica de diligencias de investigación que no puede practicar por estar aforados Puigdemont y el diputado del Parlamento de Cataluña Rubén Wagensberg.

El escrito del magistrado al Supremo señala que Carles Puigdemont se situaría en el “vértice” más alto de la organización de Tsunami Democràtic y añade que su posición como expresidente y líder desde Bruselas del independentismo le confiere “una posición de autoridad incuestionable”.

Según explica el juez, existen indicios que permiten inferir su participación en el nacimiento y planificación de las acciones de Tsunami. Entre esos indicios, explica, se encuentran los mensajes a través del móvil entre los investigados Josep Lluís Alay y Jesús Rodríguez, las anotaciones de la agenda del primero o el impulso de Puigdemont a través de Twitter del lanzamiento de la plataforma de Tsunami.

La Fiscalía considera que los indicios para imputar por terrorismo al expresidente catalán son “insuficientes” y por eso recurrió el auto del juez. García-Castellón lo desestimó argumentando que, tras las últimas diligencias practicadas, se ha afianzado la tesis inicial que calificaba los hechos como delito de terrorismo.

Frente al argumento de la Fiscalía de que no existen elementos de juicio nuevos, el magistrado se remitió a la documentación aportada por los Mossos D´esquadra en relación con los hechos acontecido en el aeropuerto de El Prat del 14 de octubre de 2019. Menciona también el exhorto enviado al juzgado de L´Hopitalet de Llobregat que incoó diligencias a raíz del fallecimiento de una persona por los hechos de El Prat, así como los escritos de personación de varios policías nacionales como acusación particular y que resultaron lesionados en los incidentes que tuvieron lugar en Barcelona el 18 de octubre de ese año.

(SERVIMEDIA)
22 Ene 2024
SGR/clc