Tribunales

El Supremo establece que la caída de la red o ir al aseo mientras se teletrabaja no excusa para aumentar el tiempo de trabajo

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que la empresa no puede repercutir en el teletrabajador los tiempos de interrupción de la red eléctrica o de desconexión a internet por causas ajenas a su voluntad.

Tampoco puede computar como tiempo de descanso el necesario para acudir al aseo y atender sus necesidades fisiológicas, de forma que no procede la recuperación de jornada o reducción del salario por tales situaciones.

La sentencia que así lo declara resuelve una demanda de conflicto colectivo que fue planteada por las organizaciones sindicales, en interpretación de las previsiones del Convenio Colectivo de Contac Center.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 2023
SGR/pai