Sandro Rosell
El Supremo inadmite el recurso de Sandro Rosell sobre la indemnización por su prisión provisional
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La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el expresidente del F.C. Barcelona, Sandro Rosell, contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le concedió 232.500 euros como indemnización por los 645 días que pasó en prisión provisional entre mayo de 2017 y febrero de 2019.
En un auto del Tribunal Supremo conocido este viernes, se explica que la decisión se basa en la carencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. La sentencia de la Audiencia Nacional, emitida en mayo de 2025, reconoció parcialmente las pretensiones de Rosell, quien había solicitado una indemnización de 29,7 millones de euros.
El Alto Tribunal indica que el recurso fue inadmitido debido al "casuismo" que caracteriza las cuestiones planteadas. Rosell cuestionó la valoración probatoria efectuada por el tribunal de instancia, buscando un pronunciamiento sobre la cuestión de fondo del pleito en un sentido diferente al acordado por la Sala.
PEDÍA CASI 30 MILLONES
La indemnización se deriva de la detención de Rosell en 2017, en el marco de una causa en la que finalmente fue absuelto. El expresidente del club catalán había solicitado una compensación de 29,7 millones de euros, cifra que la Audiencia consideró desproporcionada. El Supremo ha argumentado que su recurso carece de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia.
El Alto Tribunal señala que el recurso presentado por Rosell cuestiona “la valoración probatoria efectuada por el tribunal de instancia”, lo que resulta incompatible con el sistema casacional. En este sentido, el Tribunal Supremo destaca que el casuismo preside las cuestiones suscitadas en el recurso, lo que limita su capacidad para establecer precedentes jurídicos.
La sentencia de la Audiencia Nacional no contiene un apartamiento deliberado de la jurisprudencia existente, según el análisis del Supremo. Este órgano judicial enfatiza que la parte recurrente no justifica adecuadamente su posición respecto a la normativa aplicable, lo que contribuye a la inadmisión del recurso.
COMPENSACIÓN PROPORCIONAL
La decisión del Tribunal Supremo se basa en el artículo 90.4 de la Ley 29/1998, que regula la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La inadmisión se fundamenta, en parte, en la falta de fundamentación suficiente en el escrito de preparación del recurso, que no acredita el interés casacional objetivo.
El auto también menciona que no se acredita el presupuesto necesario para que opere la presunción de interés casacional, dado que la sentencia no presenta un apartamiento de la jurisprudencia que justifique su revisión. Los magistrados han señalado que el recurso se limita a cuestionar la decisión del tribunal de instancia sin aportar nuevos elementos que puedan modificar el fallo.
La resolución del Supremo se produce en un contexto en el que se han establecido criterios claros sobre la admisión de recursos en casos de responsabilidad patrimonial del Estado. Este auto reafirma la postura del Alto Tribunal de restringir el acceso a la casación en situaciones donde no se cumplen los requisitos establecidos.
La indemnización de 232.500 euros reconoce el sufrimiento y las consecuencias de la prisión provisional que padeció Rosell, aunque la cantidad solicitada inicialmente por él era considerablemente mayor. Esta decisión judicial resalta la importancia de la proporcionalidad en las compensaciones económicas derivadas de situaciones de privación de libertad.
(SERVIMEDIA)
20 Mar 2026
NBC/gja


