Agua

El Supremo rechaza por cuarta vez la suspensión cautelar del recorte del trasvase Tajo-Segura

- Desestima la petición de la Junta de Andalucía tras hacerlo con la Generalitat Valenciana, el Gobierno de Murcia y la Diputación de Alicante

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha denegado la petición de suspensión cautelar planteada por la Junta de Andalucía contra el recorte del trasvase Tajo-Segura acordado el pasado mes de enero por el Consejo de Ministros.

Entonces, el Gobierno dio luz verde a un nuevo plan hidrológico del Tajo hasta 2027 que fija por primera vez caudales ecológicos en ese río, lo que supondrá una merma en la transferencia de agua trasvasada a la cuenca del Segura, si bien el Ejecutivo de Pedro Sánchez asegura que ello será compensado con interconexiones de las desaladoras en el área levantina con parques fotovoltaicos, entre otras medidas.

El nuevo auto del Tribunal Supremo se suma a otros que también desestimaron recursos sobre la suspensión cautelar de los caudales ecológicos del Tajo solicitada por la Generalitat Valenciana, el Gobierno de la Región de Murcia y la Diputación de Alicante.

El Supremo ha rechazado la suspensión cautelar del establecimiento de caudales ecológicos mínimos trimestrales en el Tajo mientras no se haya resuelto el fondo del recurso planteado por la Junta de Andalucía contra la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

La Junta de Andalucía alegaba "daños irreparables" si se denegaba la medida cautelar solicitada, pero el auto señala que el recurso del Gobierno dirigido por Juan Manuel Moreno Bonilla suscita "cuestiones de fondo (sobre el alcance de la reforma legal, el procedimiento seguido con los pretendidos defectos o vicios procedimentales)" que no se pueden "anticipar, examinar y resolver en la pieza de medidas cautelares".

"La necesidad de implantar caudales ecológicos en la cuenca del Tajo, como en el resto de cuencas, es imperativa, como derivada de la normativa nacional y de la Unión Europea", recalca el Tribunal Supremo.

(SERVIMEDIA)
31 Jul 2023
MGR/clc