'Caso Koldo'
El Supremo rechaza suspender las declaraciones de Ábalos y Koldo García en el 'caso Cerdán'
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El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de los abogados del investigado Santos Cerdán de suspender las declaraciones previstas para los días 15 y 16 de octubre del exministro José Luis Ábalos y de Koldo García, al considerar que no existe ningún señalamiento judicial preferente que justifique la suspensión.
En una providencia dictada este viernes, el magistrado instructor Leopoldo Puente fundamenta su decisión en que la causa especial tiene prioridad al haber una persona en prisión provisional, precisamente el propio Santos Cerdán.
Los letrados defensores de Cerdán -Benet Salellas y Jacobo Teijelo- habían solicitado la suspensión alegando que tenían otros señalamientos judiciales previamente fijados para esas mismas fechas en diferentes órganos judiciales.
El magistrado instructor destaca que al estar Cerdán en situación de "prisión provisional, comunicada y sin fianza", esta causa tiene preferencia sobre otros procedimientos. Además, señala que los abogados no han acreditado que los otros señalamientos correspondan a causas con presos.
ARGUMENTOS DEL RECHAZO
El instructor explica que en el caso del letrado Teijelo, que debe acudir a un juicio en la Audiencia Nacional, no consta que se trate de una causa con preso, por lo que no tiene preferencia sobre las declaraciones previstas en el Supremo.
Respecto al abogado Salellas, el magistrado indica que tiene señaladas para esos días varias actuaciones en juzgados de Girona, Barcelona y Arenys de Mar, pero tampoco ha justificado que sean causas con presos que deban tener prioridad.
Solo en uno de los casos, un juicio en la Audiencia Provincial de Girona, se acredita que el defendido estaba en prisión provisional en marzo, "aunque no que dicha situación persista", según destaca el instructor.
FILTRACIÓN DESCARTADA
En otra providencia, el magistrado también ha rechazado la petición de Cerdán para que se pidieran explicaciones a la UCO sobre una supuesta filtración del informe patrimonial de Ábalos.
El instructor considera que los argumentos se basan en "inconsistentes conjeturas" y que predecir la presentación próxima del informe era "un pronóstico de muy poco riesgo, al alcance de cualquier persona mínimamente informada".
La resolución judicial recuerda que fue el propio instructor quien encargó ese informe a la unidad policial, por lo que no aprecia indicios de filtración que justifiquen solicitar aclaraciones a la UCO.
(SERVIMEDIA)
10 Oct 2025
NBC/clc


