Tribunales
El Supremo remite testimonio a la AN para que valore investigar a Pardo de Vera por la contratación de Jéssica Rodríguez
- Ordena a la UCO que investigue la adjudicación de obras que constan en los documentos de Aldama y acuerda dos nuevas citaciones de testigos
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El magistrado de la Sala de lo Penal el Tribunal Supremo (TS) Leopoldo Puente, que instruye la causa abierta al exministro José Luis Ábalos y a otras personas por la supuesta contratación irregular de mascarillas y material sanitario durante la pandemia, ha dictado un auto en el que acuerda remitir al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional las actuaciones relacionadas con la contratación de Jessica Rodríguez en dos empresas públicas.
El instructor del Supremo pide al juzgado que valore la existencia de posibles indicios de criminalidad en la actuación de la expresidenta de ADIF Isabel Pardo de Vera en dichas contrataciones, y acuerde, en su caso, tomarle declaración como investigada, asumiendo la competencia de los hechos que se le atribuyen.
En su auto, el instructor envía a la Audiencia Nacional los documentos elaborados por las entidades Ineco y Tragsatec en relación con estos dos contratos, así como parte del informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y la declaración que prestó como testigo Jessica Rodríguez ante el magistrado.
Según el magistrado, existen indicios para considerar que Isabel Pardo de Vera “habría podido tener una relevante participación en la que se presenta como posiblemente irregular y caprichosa contratación por sendas empresas públicas de una persona escogida libérrimamente por el Sr. Ábalos Meco, quien habría contado para ello con la relevante participación del también investigado en esta causa Sr. García Izaguirre, sin que, además, aquélla, durante el período en el que estuvo contratada, desplegara actividad laboral alguna. Resultan, en este sentido, particularmente reveladoras las comunicaciones mantenidas entre doña Isabel y don Koldo con este motivo, cuya descripción se contiene en el referido informe de la U.C.O.”
El instructor recuerda la doctrina de la Sala Segunda sobre la competencia para investigar causas de aforados, que debe estar presidida por criterios particularmente restrictivos. Por ello, señala que el alcance de la competencia del alto tribunal solo deberá extenderse, además de a los hechos que se atribuyen directamente al aforado, cuando se aprecie una conexión material inescindible, en relación con los que pudieran haber llevado a término otras personas.
En el mismo auto, Leopoldo Puente ordena a la UCO que investigue la adjudicación de las obras y/o rectificados que aparecen destacados en fluorescente en los documentos aportadas por Víctor de Aldama y que identifique a la empresa que finalmente resultara adjudicataria de cada una de esas obras y fiscalice el procedimiento de adjudicación de estas.
El magistrado adopta esta decisión a la luz del resultado del informe pericial caligráfico realizado sobre la prueba de escritura de Koldo García relacionada con los documentos aportados por Víctor de Aldama.
Además, el instructor acuerda citar como testigos a Claudia Montes y a César Moreno. Respecto a la primera, a la vista del contenido de un informe emitido por la UCO señala que “habida cuenta de que la misma podría haber sido contratada irregularmente en la empresa pública Logirail SME SA, vinculada al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (en adelante MIitma), por la influencia del investigado en esta causa don José Luis Ábalos Meco y con la relevante colaboración del también investigado don Koldo García Izaguirre, formando aquella parte del “círculo personal” del primeramente citado, declaración que se recibirá al efecto de que contribuya a esclarecer las circunstancias de dicha contratación”.
En cuanto al segundo, César Moreno, se le cita en la medida en que puede aportar conocimiento sobre “las pretendidas entregas periódicas de diez mil euros mensuales” de Aldama, o personas que actuaban por su encargo, a Koldo García. El magistrado explica que, aunque es citado como testigo, deberá comparecer con abogado al figurar como investigado en la causa que instruye el juez Ismael Moreno en la Audiencia Nacional.
RECHAZO DE DILIGENCIAS
Por último, rechaza porque no resultan “pertinentes, útiles ni necesarias a los fines de la investigación” todas las diligencias solicitadas por la defensa de José Luis Ábalos, entre ellas la citación como testigos del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y del secretario de Estado de este Ministerio, Rafael Pérez Ruiz.
El exministro de Transportes había solicitado estas declaraciones porque el informe de la UCO reseñaba que el Ministerio del Interior también adquirió durante la pandemia una importante cantidad de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión, que se encuentra investigada en el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional.
Respecto a esta adjudicación, Leopoldo Puente señala que no se ha identificado “en el presente procedimiento irregularidad alguna determinante de la incoación de diligencias de investigación orientadas a esclarecer sus circunstancias”.
(SERVIMEDIA)
23 Abr 2025
SGR/gja