Alvise

El Supremo solicita al Parlamento Europeo el suplicatorio de 'Alvise' Pérez por acoso y revelación de secretos

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha solicitado al Parlamento Europeo el suplicatorio para suspender la inmunidad del eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como 'Alvise', con el fin de continuar la investigación en su contra por una querella presentada por dos eurodiputados de la agrupación Se acabó la fiesta (SALF) por presuntos delitos de acoso y revelación de secretos.

En un auto conocido este miércoles, el magistrado de la Sala de lo Penal Manuel Marchena acuerda remitir el suplicatorio al presidente del Parlamento Europeo. Este procedimiento incluye el testimonio de las actuaciones que forman parte de la tercera solicitud de este tipo presentada contra el eurodiputado, quien enfrenta un total de cinco causas abiertas en el Supremo.

El auto detalla que los hechos investigados están relacionados con declaraciones realizadas por el querellado en un podcast, donde habría instado a sus seguidores a acosar a los dos eurodiputados querellantes. “Si yo he hecho campaña electoral por toda España diciendo no y tú votas a favor, estás traicionando a 800.000 españoles. Perseguidles y pedirles explicaciones. Y si tenéis que gritarle en un bar que eres un criminal, que eres un corrupto y que has votado a favor del rearme, tenéis que hacerlo vosotros, porque no lo puedo hacer yo, lo tiene que hacer la gente que nos ha votado”, señaló en el programa.

MENSAJES EN REDES SOCIALES

Además, los querellantes acusan a 'Alvise' de haber cometido un delito de revelación de secretos al filtrar datos personales de contacto de los eurodiputados, lo que habría desencadenado un acoso constante en redes sociales, incluyendo amenazas, insultos y difamaciones. Según el magistrado, estas acciones sobrepasan los límites de la libertad de expresión y no están protegidas por la inviolabilidad parlamentaria.

El auto subraya que “los mensajes difundidos en redes sociales y la divulgación incontrolada de datos personales de las víctimas desbordan los límites de cualquier controversia política y no tienen cabida en la garantía parlamentaria de inviolabilidad”. Asimismo, se recalca que las acciones del eurodiputado denunciado obligaron a los querellantes, también miembros de la Eurocámara, a modificar sus rutinas, algunas de las cuales estaban diseñadas para mantener contacto con sus votantes.

El magistrado instructor destacó que el derecho a la libertad de expresión, aunque es un pilar fundamental en el ejercicio de la función parlamentaria, no protege este tipo de comportamientos. En este sentido, argumentó que los actos atribuidos a “Alvise” no pueden considerarse parte de un debate político legítimo, ya que incluyen conductas que vulneran la privacidad y el honor de los querellantes.

INDICIOS SUFICIENTES

Tras tomar declaración a los dos eurodiputados afectados, al querellado y a un testigo propuesto por este último, el juez instructor concluyó que existen indicios suficientes para solicitar la suspensión de la inmunidad parlamentaria del acusado. Esto permitiría al Tribunal Supremo avanzar en la causa penal contra el eurodiputado por los delitos de acoso, recogido en el artículo 172 del Código Penal, y revelación de secretos, previsto en el artículo 197.

El significado de la inmunidad parlamentaria, según se recuerda en el auto, no ampara acciones como las descritas en la querella, especialmente cuando los afectados, que también son eurodiputados y antiguos compañeros de lista de 'Alvise', se han visto obligados a alterar su vida cotidiana debido a las amenazas y el acoso sufrido.

(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2026
NBC/clc