EL TC DECLARA CONSTITUCIONAL EL PAGO OBLIGATORIO DE LAS EMPRESAS A LAS CAMARAS DE COMERCIO

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional (TC) decidió hoy que la adscripción obligatoria de las empresas a las cámaras de comercio y el pago de cuotas para sostenerlas, establecidos en la Ley de 1993, son constitucionales, según explicaro a Servimedia fuentes del Consejo Superior de Cámaras de Comercio.

De esta forma, se despeja la incertidumbre que se había creado después de que el mismo tribunal declarara insconstitucional la adscripción obligatoria tipificada en la ley de 1911, lo que provocó que numerosas empresas dejaran de pagar a las cámaras.

El Alto Tribunal ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad que planteó en 1994 el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, declarando constitucionales los artículos 6, 12 y3 de la Ley de 1993.

Estos son los artículos que hacen referencia a la afiliación y el pago obligatorio de cuotas en la nueva ley, que también establece obligaciones adicionales para las cámaras y potencia su función de instituciones impulsoras del comercio exterior.

Fuentes del Consejo Superior de Cámaras expresaron a esta agencia su satisfacción por la resolución, que consideraron "muy positiva", y recordaron que su presidente, Guillermo de la Dehesa, siempre se había mostrado convencido de queel Tribunal Constitucional sería favorable a esta tesis.

Pero por si no hubiera sido así, el anterior Ejecutivo tenía preparado un nuevo proyecto de ley que trataba de dar más contenido real a las cámaras y las obligaba a una serie de prestaciones. No obstante, también se barajó una posible financiación pública de estos organismos.

(SERVIMEDIA)
12 Jun 1996
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