Tribunales
El TC inadmite el recurso de un padre que se opone a la eutanasia de su hija con paraplejia
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC), en sesión extraordinaria convocada para el día de hoy y por unanimidad de sus componentes, ha inadmitido por manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo el recurso interpuesto por un padre que solicitó la suspensión de la eutanasia de su hija con paraplejia.
El recurso de progenitor iba contra el auto de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo que inadmitió el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que había desestimado sus pretensiones y confirmado la resolución de la Comisión de Garantías y Evaluación que aprobó la ayuda a morir para la joven, amparada por la ley de eutanasia.
El padre solicitaba en su recurso de amparo la adopción de medidas cautelarísimas para suspender la prestación reconocida en favor de su hija, al tiempo que impugnaba las resoluciones judiciales que habían considerado acreditados la capacidad de la paciente para decidir, su voluntad de solicitar la prestación y la concurrencia de los requisitos legales para acceder a ella porque padece una enfermedad grave e incurable que le provoca un padecimiento grave, crónico e imposibilitante.
En su demanda el recurrente alegaba la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con la prohibición de arbitrariedad (artículos 24.1 y 9.3 de la Constitución) y del derecho a la vida, de la dignidad de la persona y la autonomía (artículos 15 y 10 CE).
En el recurso de amparo se refiere a la petición de Noelia, de 25 años, con paraplejia, que solicitó la eutanasia. Su padre alega que la joven padece "trastornos mentales" y de la "personalidad" y que cuenta con un historial de "antecedentes psiquiátricos" que ponen en duda su “capacidad volitiva”.
El recurso añade sobre la capacidad de consentimiento de la paciente que “una persona que padece un trastorno límite de la personalidad con ideaciones suicidas tiene viciada su capacidad para, precisamente, decidir sobre su muerte". El despacho Abogados Cristianos es el que representa al padre de Noelia, cuya petición cuenta con el aval de la Comisión de Garantías y Evaluación que estudia todas las peticiones de eutanasia.
(SERVIMEDIA)
20 Feb 2026
SGR/gja


