Laboral
Trabajo avisa de que no se puede despedir desde mañana por reducciones de jornada pese al “error” de Igualdad
- UGT califica de “error absolutamente imperdonable” el fallo
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El Ministerio de Trabajo y Economía Social advirtió este miércoles de que, pese al error en la redacción de la Ley de paridad, que entra en vigor mañana, no se puede despedir a empleados con reducción o ajustes de jornada por razón de conciliación.
Así lo trasladaron a Servimedia fuentes de Trabajo ante el hecho de que por un error en la Ley de paridad, que entra en vigor este jueves, desaparezca en el Estatuto de los Trabajadores la mención expresa del ajuste de la jornada por conciliación como causa de despido nulo.
El fallo se debe a varios errores en diferentes normas por parte del Ministerio de Igualdad que ya reconoció la propia titular del ramo, Ana Redondo. Desde el Gobierno ya han señalado que se corregirá este problema de forma inmediata en el Parlamento.
Expertos laboralistas consultados por Servimedia precisan, en todo caso, que si se produce algún despido desde este jueves por esta causa, el trabajador afectado podrá llevar su situación a los tribunales y es muy probable que se le acabe dando la razón. Lo que sucede es que la burocracia para resolver el conflicto legal será mayor que si la norma fuera más clara, como sucede hasta ahora mismo y como volverá a pasar cuando se corrija este problema de redacción normativa.
IGUAL QUE ANTES
En este sentido, fuentes de Trabajo subrayaron que la regla de protección de nulidad por despido objetivo no implica que se pueda despedir a esos trabajadores. Además, señalaron que la improcedencia del despido por causa de reducción de jornada se puede “perfectamente seguir manteniendo igual que antes, porque nadie puede sufrir represalia como consecuencia del ejercicio de sus derechos”.
“Cuando las personas trabajadoras hacen uso de sus derechos están protegidas por la garantía de indemnidad”, recordó el departamento dirigido por Yolanda Díaz. “La persona trabajadora sigue teniendo derecho a la protección si es despedido como consecuencia del ejercicio de sus derechos de conciliación independientemente del texto redactado en vigor”.
En cualquier caso, precisó que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social “hará uso de sus facultades con el máximo rigor para evitar cualquier discriminación en el ámbito laboral”.
Del mismo modo, Trabajo recordó que el Ministerio de Igualdad se ha comprometido a “subsanar” este “error” en cuanto el calendario legislativo lo permita.
IMPERDONABLE
Ante esta situación, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, declaró a los medios desde Toledo que se trata de “un error absolutamente imperdonable” y “no solo lamentable”.
“Que haya pasado por todos los tamices de la administración y que finalmente se haya publicado en el BOE, a mí me parece gravísimo”, apuntaló Álvarez, quien, eso sí, explicó que se trata de un derecho fundamental que no solo está amparado por el Estatuto de los Trabajadores, sino de forma global y en la propia Constitución.
En todo caso, anticipó que UGT actuará ante cualquier caso de despido por discriminación de personas con reducción o ajustes de jornada laboral.
(SERVIMEDIA)
21 Ago 2024
DMM/pai