Reto demográfico

Transición Ecológica fija nuevas bases para financiar proyectos contra la despoblación

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha fijado unas nuevas bases reguladoras para conceder subvenciones destinadas a financiar proyectos innovadores que transformen el territorio y combatan la despoblación.

Esas bases figuran en una orden recientemente publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que sustituye a la norma anterior de 2021, con lo que actualiza las reglas generales aplicables a las convocatorias posteriores para reforzar la claridad y flexibilidad para la ciudadanía, además de adecuar el reglamento a la realidad de los proyectos.

Así, se avanza en la definición de beneficiarios, costes subvencionables, procedimiento de instrucción, valoración de proyectos y flexibilización de las condiciones aplicables a las entidades locales.

La experiencia acumulada en la gestión de las subvenciones convocadas durante los tres últimos años y el proceso de seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos por los proyectos subvencionados aconsejaban una revisión de las bases reguladoras para identifica mejor las iniciativas locales interesadas, precisar el contenido de esta línea de ayudas y facilitar su gestión.

Durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024, el departamento dirigido por Sara Aagesen ha realizado convocatorias y recibido solicitudes de financiación económica para más de 3.000 proyectos. Hasta el momento, más de 600 personas y entidades se beneficiado de las subvenciones,

ÁMBITO TERRITORIAL

La nueva orden amplía y precisa la localización de futuros proyectos. Así, el ámbito territorial abarcará a poblaciones que respondan a alguna de las siguientes características: municipios de menos de 5.000 habitantes; de entre 5.000 y 20.000 habitantes cuando tengan una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado y el proyecto se desarrolle en núcleos de menos de 5.000 residentes censados; y áreas funcionales no urbanas con menos de 15.000 habitantes en su conjunto, salvo uno que podrá superarlo si actúa como cabecera.

Además, se permite que determinadas actividades de coordinación, comunicación y formación puedan ejecutarse en municipios de hasta 30.000 habitantes.

La determinación de la cifra de habitantes de estos municipios se realizará con lo establecido en la normativa estatal anual por la que se declaran las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal.

Respecto a los principios de eficacia y eficiencia, se recurre al procedimiento de concurrencia competitiva y se evitan cargas administrativas innecesarias.

(SERVIMEDIA)
10 Oct 2025
MGR/clc