Derechos

La Universidad de Almería se compromete a evitar "diversidad funcional" para referirse a la discapacidad

- Después de una queja del Cermi al Defensor del Pueblo

MADRID
SERVIMEDIA

La Universidad de Almería ha eliminado el uso del término “diversidad funcional” cuando se utilizaba como sinónimo de “discapacidad” en su página web, sustituyéndolo por la expresión “personas con discapacidad” o “estudiantes con discapacidad”.

Así se lo ha asegurado la Unidad de Inclusión y Atención a la Diversidad de la institución educativa al Defensor del Pueblo, que tramitó una queja formulada por el Comité Español de Representantes de personas con Discapacidad (Cermi) pidiendo su mediación.

La oficina que dirige Ángel Gabilondo "solicitó a la Universidad de Almería la remisión de información acerca de las palabras utilizadas en su web para referirse a las personas con discapacidad", asegura el Defensor en la respuesta remitida al comité, a la que ha tenido acceso Servimedia.

La Universidad indicó al Defensor que había revisado los contenidos de la página web y que había eliminado el uso del término "diversidad funcional" cuando se utilizaba para referirse a la "discapacidad", sustituyéndolo por otra expresión "jurídicamente correcta" como es "personas con discapacidad” o “estudiantes con discapacidad”.

La Unidad de Inclusión y Atención a la Diversidad agradeció "sinceramente" la comunicación remitida por el Cermi y "la labor que desarrolla como principal plataforma de representación y defensa de los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país". "Compartimos plenamente el enfoque de derechos humanos que sustenta su posicionamiento, centrado en la visibilización, el reconocimiento jurídico y la dignidad de las personas con discapacidad, y entendemos la relevancia del uso adecuado de la terminología como parte esencial de las políticas inclusivas y de no discriminación".

Con esta corrección en su web, la Universidad actúa "en coherencia con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con la reforma del artículo 49 de la Constitución Española y con la legislación aplicable —especialmente el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y su modificación por la Ley 3/2023, así como la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario (LOSU)—".

En su respuesta al Defensor también matizó que la denominación "diversidad funcional" responde "a una concepción más amplia de la inclusión universitaria que abarca diferentes situaciones de vulnerabilidad, pero no altera la terminología oficial empleada en materia de discapacidad".

(SERVIMEDIA)
18 Mar 2026
AHP/clc