Asistencia social

El Defensor del Pueblo pide que personas con discapacidad en desamparo reciban asistencia tras cumplir 18 años

- Un menor tutelado por la Comunidad de Madrid ha tenido que volver con su familia al cumplir la mayoría de edad, aunque ésta no le puede atender bien

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, ha recomendado a la Comunidad de Madrid que garantice que los menores con discapacidad en situación de desamparo sigan recibiendo la atención que necesitan, por su discapacidad y dependencia, una vez alcanzan la mayoría de edad.

Según explicó este viernes la institución en una nota, la recomendación, dirigida a la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid, tiene su origen en el caso de dos hermanos con autismo con un grado de dependencia III y un 75% y un 65% de discapacidad cada uno, ingresados en un centro para menores con esa discapacidad desde julio de 2014 y tutelados por la Administración.

“Cuando en noviembre de 2017 el mayor de los dos cumplió 18 años, y únicamente por ese motivo, se vio privado de la atención social y sanitaria que recibía en el centro residencial por su discapacidad y dependencia”, explica el Defensor. Desde entonces, se encuentra en el domicilio familiar, “sin poder acudir a ningún centro ni tener ayuda de ningún tipo, y sin que la situación de desprotección familiar haya variado”, denuncia la nota.

Un informe de la propia Consejería, elaborado siete meses después del retorno del joven a su casa, reconoció que esta persona “requiere la supervisión del adulto de forma permanente para desarrollar todas las actividades de la vida diaria, así como para el mantenimiento de su seguridad” y que en el domicilio familiar se encuentra “privado de la necesaria asistencia”.

Tras cumplir 18 años, fue incluido en la lista de espera para acceso a una plaza de atención residencial para personas con discapacidad intelectual.

DOBLE DISCRIMINACIÓN

En opinión del Defensor del Pueblo, la Comunidad de Madrid conocía desde el momento en que asumió la tutela de los menores que cuando cumplieran 18 años necesitarían apoyos generalizados durante toda su vida. Además, la Institución señala en el escrito enviado a la Consejería “que dicha administración tiene acceso y posibilidades de conocer y gestionar para sus tutelados los recursos sociales, sanitarios y educativos disponibles”.

La Ley de Servicios Sociales de Madrid articula un sistema de servicios sociales tomando en consideración tres sectores de edad: menores, adultos y mayores, “pero permite en su artículo 20.1 la continuidad de los servicios sociales que venían disfrutando quienes pasen de una etapa a otra y la adaptación flexible de los límites de edad señalados, a fin de aplicar los recursos más adecuados a cada situación”, puntualiza el Defensor.

Así las cosas, Fernández Marugán considera que el joven “podría estar sufriendo una doble discriminación, por razón de edad y de discapacidad, dado que se ha visto privado de la asistencia en residencia específica para sus necesidades por el hecho de cumplir 18 años”.

Por ello, también ha pedido a la Comunidad de Madrid que informe sobre las medidas que va a adoptar para que el joven pueda acceder finalmente a la plaza residencial que necesita, tal y como tiene reconocido en el Programa Individual de Atención (PIA).

(SERVIMEDIA)
10 Ago 2018
AHP/pai