Dependencia
El pleno del Senado vota el miércoles la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia
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El pleno del Senado debatirá y votará el miércoles el dictamen aprobado el jueves en el seno de la Comisión de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sobre el Proyecto de Ley por el que se modifican la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Se trata, en concreto, de la reforma del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española.
Esta iniciativa se tramita por el procedimiento de urgencia y la Comisión de Derechos Sociales de la Cámara Alta aprobó el dictamen por 17 votos a favor, los del PP, y 15 abstenciones.
El texto recibió el visto bueno del pleno del Congreso el pasado 14 de julio, con la abstención del PP y el voto en contra de Vox, si bien los populares se mostraron dispuestos a negociar en el Senado para introducir mejoras en la norma.
En concreto, la reforma recibió entonces 179 votos a favor (del PSOE, Sumar y las formaciones nacionalistas), 33 en contra y 137 abstenciones, las de los diputados del PP.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, impulsor de la iniciativa, destaca que se trata de una "reforma integral” que implica la “refundación” del modelo de cuidados en España. Esto sería así porque “blinda” la financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, incorporando en la ley la “obligación” de que la Administración General del Estado asuma el 50% de la inversión.
INCOMPATIBILIDADES
A este respecto, el Gobierno resalta la eliminación del régimen de incompatibilidades, que la asistencia personal se amplía y regula como servicio del catálogo así como la ampliación del concepto de cuidadoras y el establecimiento de la teleasistencia como derecho subjetivo.
Además, pretende garantizar por ley que la Administración General del Estado abone las cotizaciones de las cuidadoras principales, así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras.
A su vez, el plazo habilitado al Gobierno de cada región para resolver una prestación por dependencia se reduce a la mitad y pasa de seis meses a tres meses.
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
Con relación a la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, se reconocerá automáticamente un 33% de discapacidad a aquellas personas a las que se les asigne un grado I de dependencia y las que obtengan un grado II o III podrán ser reconocidas con el 65% de discapacidad.
En paralelo, se reconoce la accesibilidad universal como un derecho, de forma que las personas con discapacidad podrán reclamar la accesibilidad en servicios o en edificios que sean públicos. Para ello, se creará, además, un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias.
Junto a ello, se busca modificar la Ley de Propiedad Horizontal para que las administraciones públicas tengan que ayudar económicamente a hacer obras de accesibilidad en edificios de viviendas y para que las comunidades de propietarios tengan que solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita.
VIVIENDAS ACCESIBLES
Además, se facilitan los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de propietarios. Actualmente, se estima que en España hay 100.000 personas que no pueden salir de sus casas porque sus viviendas no son accesibles.
La reforma fija por ley que la atención temprana es un derecho subjetivo para garantizar que los Gobiernos autonómicos atiendan a todos aquellos niños y niñas (de 0 a 6 años) que presenten trastornos en el desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlo.
Por otra parte, se prohíbe por ley una práctica que llevan a cabo algunos seguros de hogar o de salud como es subir el precio cuando la persona que quiere contratarlos tiene una discapacidad.
También se regula la figura de un facilitador procesal que evitará situaciones de indefensión en los procesos judiciales de personas con dificultades. Esta figura será un puente entre los operadores jurídicos y esas personas.
(SERVIMEDIA)
06 Sep 2026
MJR/clc
