Madrid

FeSorCam reclama ‘celeridad’ en la dotación de intérpretes de lengua de signos para el alumnado sordo madrileño

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SERVIMEDIA

La Federación de Personas Sordas de la Comunidad de Madrid (Fesorcam) denunció este jueves la ausencia de intérpretes a la que actualmente se enfrenta el alumnado sordo de los centros escolares de la Comunidad de Madrid.

Una situación ocasionada por un retraso en la licitación del servicio por parte de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid que finalmente ha quedado desierta a pocos días del inicio del curso escolar y que, según advierte, “dificulta gravemente el desarrollo académico de los estudiantes sordos y contraviene sus derechos”.

La CNSE (Confederación Estatal de Personas Sordas) y la Asociación Bilingüe de padres de niños sordos (Abipans) se sumaron a esta denuncia y junto a la Federación reclamaron al gobierno autonómico “celeridad en la búsqueda de soluciones” y reiteraron su plena disposición para “buscar alternativas que eviten que se comprometa el futuro de estos estudiantes”.

En este sentido, matizaron que “debe dotarse de estabilidad a la presencia de intérpretes en cada curso escolar desde principios del mismo, cubriendo todas las demandas del servicio que precisan el alumnado sordo y sus familias, y garantizando unas adecuadas condiciones laborales a los profesionales”.

Además, Fesorcam señaló que “sería oportuno que desde la Administración se tomara como ejemplo la gestión en otras comunidades autónomas, y se reformulara el modelo de gestión del servicio en la Comunidad de Madrid al constatar, una vez más, que no es el adecuado para la prestación de este servicio”.

Asimismo, resaltó la importancia de los profesionales sordos especialistas en lengua de signos española que trabajan en la red de centros educativos de la CAM, y poner en valor su labor con el alumnado sordo. Esta figura profesional actúa como “modelo lingüístico y de identificación para los niños y niñas sordas, siendo su incorporación fundamental en las primeras etapas de la educación, como también lo es la de los intérpretes de lengua de signos en institutos y universidades”.

PROTECCIÓN DE DERECHOS

Los derechos de las personas sordas están protegidos y amparados por la legislación vigente, que obliga a las Administraciones Públicas a proporcionar una educación de calidad a todos los alumnos.

Así, el artículo 14 de la Constitución Española establece que “todos somos iguales ante la ley”; y en los artículos 27 y 49 pone a disposición de todas las personas una educación “básica, obligatoria y gratuita”, para la cual “los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los discapacitados, a los que se prestará la atención especializada que requieran”.

Protección a la que también alude el primer artículo de la Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa, que establece la equidad e igualdad de oportunidades a través de la educación, y apuesta por la accesibilidad universal ante cualquier discriminación para compensar los inconvenientes derivados de cualquier tipo de discapacidad; y en la Ley 27/2007, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

A ellas se suma a nivel autonómico, la declaración institucional que aprobaba el Pleno de la Asamblea de Madrid en 2017, y que ponía de relieve el valor de la lengua de signos en la educación "como garante de equidad, inclusión y de libertad", e instaba a que las administraciones tomasen "conciencia" de que el éxito académico de las personas sordas pasa por "atender también sus necesidades y demandas respecto al desarrollo efectivo de sus derechos lingüísticos y a la promoción de esta lengua en España".

(SERVIMEDIA)
12 Sep 2019
APP/gja