Sanidad recuerda que la compra y venta de alimentos por Internet debe cumplir la misma normativa que en tiendas convencionales

- Publica información con consejos para comprar y vender alimentos de forma segura en la red

Madrid
SERVIMEDIA

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan), ha recordado que la venta de alimentos por Internet debe cumplir la normativa vigente en la UE en materia de seguridad alimentaria, al igual que si se hace a través de un comercio tradicional, así como la aplicable a la venta electrónica.

Así lo recoge en los folletos informativos '¿Compras alimentos por Internet? En ese caso deberías conocer esto…' y '¿Quieres vender alimentos por Internet? En ese caso deberías conocer esto…' que se han publicado coincidiendo con el Día Mundial de la Alimentación.

A la hora de comprar alimentos en páginas web que no disponen de tienda física, Sanidad insta a los consumidores a “extremar las precauciones” y recuerda que, en ocasiones, se utiliza internet para comercializar alimentos cuya venta no está autorizada en España “tratando de evadir los controles sanitarios”.

Asimismo, reconoce que resulta “muy difícil garantizar el 100% de seguridad” y subraya que todas las páginas web de la Unión Europea que comercializan alimentos tienen la obligación de estar inscritas en los registros existentes para ello en cada uno de los Estados miembros.

Con respecto a la demanda de alimentos procedentes de terceros países y que, en ocasiones, no están autorizados en la UE por no ser considerados seguros, destaca las “importantes diferencias” en los niveles de exigencia sobre requisitos de higiene y de seguridad alimentaria que son de aplicación en dichos países.

Antes de comprar, Sanidad considera importante revisar siempre “cuidadosamente” los ingredientes del producto, la información sobre alérgenos y las advertencias e instrucciones de uso y conservación a través del etiquetado, que debe aparecer, al menos, en español.

VENTA DE ALIMENTOS

De acuerdo con la normativa europea de seguridad alimentaria, no está permitido que los particulares comercialicen alimentos si no están convenientemente registrados y en caso de hacerlo deben apuntarse como operador alimentario y cumplir la normativa y requisitos sanitarios, recordó la Aesan.

Sanidad instó a aquellas personas que pretendan comercializar productos de este tipo a través de la red a extremar las precauciones en su preparación, almacenamiento, transporte y entrega al consumidor para que los alimentos sean “seguros”, especialmente en el caso de los alimentos

perecederos.

Tanto los productos como los operadores alimentarios están sujetos a controles oficiales para verificar el cumplimiento de la normativa de seguridad alimentaria y, en caso de no seguirla, se exponen a sanciones de hasta 600.000 euros e incluso a la clausura de su negocio.

(SERVIMEDIA)
16 Oct 2019
MJR/mjg