Madrid

La Audiencia Provincial ordena reabrir la investigación contra el humorista David Suárez por delito de odio contra las personas con síndrome de Down

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado reabrir la investigación sobre un tuit del cómico David Suárez por "posible delito de odio" contra las personas con síndrome de Down.

En un auto al que ha tenido acceso Servimedia, el tribunal admite el recurso de apelación presentado por Plena Inclusión Madrid contra el sobreseimiento que en su día dictó el juzgado de instrucción número 30 de la capital.

El 18 de abril de 2019, el cómico publicó el siguiente mensaje en la red social Twitter: "El otro día me hicieron la mejor mamada de mi vida. el secreto fue que la chica usó muchas babas. Alguna ventaja tenía que tener el síndrome de Down”.

En su día, el juzgado de instrucción entendió que no se había producido un delito de odio y ordenó sobreseer la denuncia. A su juicio, "el mensaje desafortunado, grosero, zafio, repugnante, sin gracia (…) no convierte el contenido del tuit en delictivo, porque no consta que el mismo se hubiere vertido desde la animadversión al colectivo síndrome de down”.

Ahora, la sección segunda de la Audiencia Provincial ordena seguir adelante con las diligencias iniciadas, tras estimar el recurso de apelación presentado por Plena Inclusión Madrid.

Pide retomar las actuaciones e investigar lo sucedido. Admite el razonamiento de la federación de apoyo a personas con discapacidad intelectual al considerar que, "en modo alguno, puede quedar amparado como manifestación de la libertad de expresión lo que es un atentado contra la dignidad de todo un colectivo, mediante un acto de humillación y desprecio directo".

Desestima así el argumento que en su día se utilizó para rechazar la tipificación de delito de odio y sobreseer la causa. En cambio, la sentencia encuentra ahora "indicios de criminalidad" suficientes como para continuar con las diligencias ya abiertas.

Según el auto, la libertad de expresión no ha de entenderse como "un derecho ilimitado, porque sus límites, como destaca nuestro alto tribunal, también son los que imponga la convivencia respetuosa con los derechos de los demás".

"No se castiga la expresión de una idea, se castiga la expresión cuando se haga de tal modo que ello suponga una llamada a la discriminación", pues "de esa manera también se infringen otros valores constitucionales como la propia dignidad humana", sostiene.

El fallo también contempla el riesgo de que, si no se actúa contra estos comportamientos, la colectividad asuma que "en redes sociales todo vale, no hay límites, impera la ley del odio y prácticamente reina la impunidad".

"No cabe refugiarse en el humor a modo de eximente, ni humor negro ni de otro tipo, no cabe justificarse en el chiste o en que esa es la principal actividad y dedicación del investigado", argumenta la Audiencia.

Por último, el auto se hace eco de otros tuits ofensivos contra los niños y adultos con discapacidad física e intelectual escritos también por el denunciado que, en su opinión, prueban la "inquina" de esta persona hacia "un determinado grupo social", especialmente vulnerable.

(SERVIMEDIA)
14 Mayo 2020
AGQ/gja