Discapacidad

El Senado decide este miércoles sobre la tramitación de una ley que regula la lectura fácil

- La normativa persigue "garantizar de forma efectiva" la accesibilidad cognitiva

MADRID
SERVIMEDIA

El Senado debatirá este miércoles la admisión a trámite de una proposición de ley que busca "garantizar de forma efectiva" la accesibilidad cognitiva de las personas con dificultades de comprensión y comunicación y que, entre otros puntos, recoge la lectura fácil dentro de los apoyos complementarios previstos y clarifica qué debe entenderse por accesibilidad.

La norma busca facilitar el acceso de distintos colectivos al entorno físico, los transportes, la información y la comunicación -incluídas las nuevas tecnologías- y demás servicios e instalaciones a disposición o de uso público, en zonas tanto urbanas como rurales.

Promovida por el grupo parlamentario de Ciudadanos, la iniciativa supone una modificación de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, a fin de regular con mayor claridad la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. Fue impulsada por el senador Tomás Marcos y está inspirada en las demandas y reivindicaciones del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).

Establece la obligación de ofrecer "otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información", esto es, promueve la lectura fácil.

Asimismo, señala que "la información y la comunicación deben estar disponibles en formatos fáciles de leer y modos y métodos aumentativos y alternativos para las personas con discapacidad" que los utilizan.

En su exposición de motivos, la proposición de ley explica que, aunque España dispone de legislación relacionada con la accesibilidad universal desde el año 2003, las personas con dificultades de comprensión y comunicación todavía se enfrentan a diario a entornos cognitivamente no accesibles, caracterizados por la presencia de barreras técnicas y ambientales.

También menciona las distintas recomendaciones a España del Comité de Naciones Unidas sobre la convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad en este sentido.

ARTICULADO

La norma propuesta consta de un artículo único, que incluye la modificación y la adición de diversos artículos de la citada Ley general de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En concreto, incorpora dos nuevas letras (l y ñ) al artículo 2 a fin de introducir las definiciones de 'accesibilidad cognitiva' y de 'lectura fácil'. Éstas se basan en la redacción de la recientemente aprobada 'norma sobre lectura fácil y recomendaciones para la elaboración de documentos'.

También cambia el artículo 5 (sobre el ámbito de aplicación de la ley) para recoger de forma explícita que la accesibilidad cognitiva se encuentra incluída dentro de cualquier referencia a la accesibilidad universal, lo que implica la obligación de adoptar medidas específicas para garantizarla en todos los ámbitos que la ley enumera.

En consecuencia, modifica el apartado 1 del artículo 23 y añade que la obligación del Gobierno de regular las condiciones de accesibilidad y no discriminación incluye también la obligación de determinar y regular estos requisitos cuando de accesibilidad cognitiva se trata.

Finalmente, establece que en el plazo máximo de dos años, el Gobierno deberá haber realizado los estudios integrales sobre accesibilidad cognitiva previos al desarrollo normativo específico sobre las condiciones básicas para dicha accesibilidad.

Impone el mismo plazo para que el Ejecutivo haya aprobado el reglamento específico que desarrolle las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva introducidas por esta norma.

Por último, fija un máximo también de dos años para la aprobación de un Plan Nacional de Promoción de la Accesibilidad Cognitiva, el primero con vigencia 2020-2025, y para la creación del Centro de Referencia Estatal de Accesibilidad Cognitiva, como organismo dependiente del Real Patronato sobre Discapacidad.

Su finalidad será realizar estudios e investigaciones y fomentar la generación y transferencia de conocimiento, así como impulsar la formación y capacitación, el registro y extensión de buenas prácticas, la observación de la realidad y las tendencias, las acciones de prospectiva, el seguimiento y la evaluación y, en general, la promoción de todo lo relativo a la accesibilidad cognitiva en España.

(SERVIMEDIA)
13 Jun 2020
AGQ/ecr