Todas las universidades públicas extremeñas ofrecen ya matrícula gratuita a los estudiantes con discapacidad

MADRID
SERVIMEDIA

Las universidades de Extremadura, que el curso pasado cobraban parte de la segunda matrícula a los estudiantes con discapacidad, han hecho ya los deberes y aplican la exención total de precios públicos a estos alumnos, con lo que todas las universidades ofrecen ya la matrícula gratuita a este colectivo, tal y como establece la ley.

Así lo pone de manifiesto el "Informe sobre la Exención de Precios Públicos en las Universidades Españolas a Personas con Discapacidad. Curso Académico 2009/2010", elaborado por el consultor en Discapacidad Juan González-Badía para el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).

En virtud de este trabajo, en el curso académico 2009/10, todas las comunidades autónomas aplican la matrícula gratuita a los estudiantes con discapacidad que acrediten un grado igual o superior al 33%, salvo la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), que exime del 100% de la primera matrícula, del 50% en la segunda matrícula y que aplica el coste de la segunda en la tercera y sucesivas matrículas.

La gratuidad de la matrícula universitaria para los estudiantes con discapacidad queda recogida en la Ley Orgánica de Universidades, modificada en 2007, que establece que los alumnos con discapacidad "tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario".

El informe de González-Badía señala algunas "particularidades" como las de las comunidades de Castilla-La Mancha y Extremadura, que establecen en sus normativas que el alumno para acogerse a la exención de matrícula debe acreditar no tener derecho a la beca por el sistema ordinario de becas y ayudas al estudio, tanto del Estado como de la región.

En el caso del País Vasco, aparte de eximir de pagar matrícula universitaria al estudiante con discapacidad con un grado superior al 33%, la normativa exime también a los familiares cuando en la unidad familiar haya una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

(SERVIMEDIA)
07 Mar 2010
IGA/pai