Reportaje

Día de Internet

¿Qué es la accesibilidad web y cuál es la normativa que fomenta la inclusión en Internet?

- La ley obliga a administraciones públicas, universidades y ciertas empresas a ofrecer su contenido de forma accesible

- Las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web 2.1 (WCAG 2.1) aglutinan todos los requisitos para garantizar la accesibilidad de una web

MADRID
SERVIMEDIA MALDITA.es

La accesibilidad es uno de los principales retos que tiene por delante la transformación digital para conseguir que verdaderamente beneficie a todas las personas. Empezó a aplicarse en el desarrollo de páginas web pero ahora alcanza también a aplicaciones y dispositivos. En el Día Mundial de Internet, impulsar la accesibilidad es el gran desafío de toda la sociedad para una verdadera inclusión de este ecosistema.

La aplicación de la accesibilidad no sólo garantiza y facilita el uso a personas con discapacidad, sino también a otros colectivos como personas mayores e incluso jóvenes con menos habilidades digitales. Por lo tanto, beneficia a todo el mundo y agiliza el avance transversal de la tecnología.

En el caso de la accesibilidad web, puede definirse como la disciplina que permite que cualquier persona pueda navegar por un sitio. Cuando una página web está diseñada, desarrollada y editada de dichos criterios, todos los usuarios -incluidas las personas con discapacidad- tienen garantizado su acceso a la información.

Esto comprende el etiquetado de las palabras, los títulos de las páginas, los encabezados, los gráficos, los enlaces, las tablas y los formularios. Su disposición es determinante para que los dispositivos de tecnología asistida, como los lectores de pantallas automáticos, ayuden a circular por Internet.

Por ley, la administración pública, las universidades y algunas empresas (como bancos, empresas de electricidad, de agua o servicios de transporte, entre otras) están obligadas a proporcionar su contenido web de forma accesible. Sin embargo, todos los ciudadanos pueden aportar su granito de arena en la accesibilidad de la web, por ejemplo, al compartir contenido en las redes sociales.

CÓMO CONSTRUIR UNA WEB ACCESIBLE

La accesibilidad web se consigue tras aplicar unos estándares recogidos en las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web 2.1 (WCAG 2.1, por sus siglas en inglés). Estos abarcan desde los elementos más sencillos que forman la composición de una página web (como los contrastes de los colores, los encabezados, el etiquetado de los botones, las referencias de los enlaces o el funcionamiento de los formularios) hasta otros más técnicos (como la arquitectura interna de esta, cómo está estructurado su código o su navegabilidad).

Pedro Esquiva, jefe de accesibilidad digital en ILUNION, explica que estas pautas se agrupan en tres grandes bloques: nivel A, nivel AA y nivel AAA. En España hay que cumplir actualmente con los criterios de nivel A y AA de estas pautas. "Si cumples los criterios web, tu sitio cumple y las tecnologías de asistencia deben funcionar bien", precisa Jorge Gascón, responsable de accesibilidad web en la Universidad Miguel Hernández. "Cumplir estos requisitos significa que un lector de pantalla anunciará de forma correcta a una persona con discapacidad visual".

Estos estándares ya tienen implícito cumplir con el mayor número de personas con discapacidad posible, independiente de las herramientas de apoyo que utilicen. "Los estándares no hacen mención a discapacidad por separado, sino que ya engloban varios tipos de discapacidad", detalla Esquiva. Así, no sólo ayudan a las personas con discapacidad, también a otros grupos como a las personas mayores, cuando, por ejemplo, no pueden ver bien sus elementos.

Por lo tanto, cumplir con estas condiciones hará que los lectores de pantalla, líneas de braille, magnificadores de pantalla, controles por voz, u otros instrumentos que se pueden incluir funcionen correctamente.

Una página web accesible se consigue construyéndola con ese objetivo en mente desde el inicio según las pautas de accesibilidad para el contenido web o bien reestructurando un entorno ya creado con anterioridad. Jorge Gascón afirma que "revisar la accesibilidad con el producto terminado es más costoso y subsanar los errores puede ser una gran carga de trabajo".

Actualmente hay empresas especializadas en esta tarea a las que se les puede contratar para diseñar una web accesible o reestructurar una ya creada. Esquiva señala que, en esos casos, el primer paso es hacer una auditoría al sitio web y elaborar un informe en el que se especifiquen los fallos que se han encontrado. Posteriormente, un equipo de desarrolladores ejecuta el rediseño de este sitio.

Esquiva indica que en algunas empresas esta tarea también pasa por la formación del equipo de desarrolladores interno para que tenga en cuenta estas directrices en futuras actualizaciones, rediseños o ediciones de la web. "La parte de concienciación es muy importante, se abre los ojos a esos equipos sobre a quién beneficia y en qué les puede repercutir", asevera. Según el experto, uno de los beneficios de contar con una página web accesible es mejorar su posicionamiento SEO, ya que uno de los aspectos que tienen en cuenta los buscadores es ver la estructura interna de la página web.

OBLIGACIONES DE ACCESIBILIDAD PARA EMPRESAS

Con carácter general, las empresas que presten servicios de comunicación audiovisual tendrán que "impulsar la accesibilidad de las personas con discapacidad a los contenidos audiovisuales". Por ley, se tendrá que "garantizar" el acceso "de las personas con discapacidad" a las "informaciones relativas a situaciones de emergencia, incluyendo las comunicaciones y anuncios en situaciones de catástrofes naturales y crisis de salud pública". Estas tendrán que difundirse de forma clara, comprensible y accesible a través de los servicios de comunicación audiovisual correspondientes.

El 10 de mayo entró en vigor una nueva ley que transpone una directiva europea que establece objetivos comunes en la accesibilidad de determinados productos y servicios. Esta indica que la información en determinados sitios webs y sus aplicaciones móviles ha de estar disponible: a través de más de un canal sensorial, tiene que ser "fácil de entender" se debe presentar de "una forma que se pueda percibir", las letras del texto tienen que tener "un tipo de tamaño adecuado" para que lo interpreten los asistentes de texto y los "formatos asistenciales alternativos" deben poder interpretar correctamente el contenido.

La normativa vigente establece que estas obligaciones las tendrán que cumplir los equipos informáticos de uso general; las terminales de autoservicio como terminales de pago, cajeros automáticos o máquinas expendedoras; los servicios de comunicación electrónica; los servicios de comunicación audiovisual; los servicios bancarios para consumidores; los libros electrónicos y sus programas especializados; los servicios de comercio electrónico; y las empresas de suministro eléctrico, de agua y gas a consumidores.

Además, las compañías "de especial trascendencia económica" y que presten servicios al público tienen que garantizar por ley en sus páginas webs "el nivel medio de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocido". Sin embargo, no es obligatorio cuando no se pueda ofrecer una solución técnica que permita su accesibilidad.

La ley define a empresas de especial trascendencia económica a las que tienen más de cien trabajadores y se dedican a servicios de comunicaciones electrónicas a consumidores; servicios financiero destinado a consumidores, que incluirán los servicios bancarios, de crédito o de pago, los servicios de inversión, las operaciones de seguros privados, los planes de pensiones y la actividad de mediación de seguros; el suministro de agua, gas y electricidad; y el servicio de agencia de viajes, transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por vía marítima, o por vía aérea y comercio al por menor.

OBLIGACIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

En 2016 se aprobó una directiva europea que unificó la accesibilidad de los sitios web y apps de los organismos públicos en la Unión Europea. España transpuso esta directiva a través de un Real Decreto sobre la "accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público".

El texto indica que todas las páginas web y aplicaciones móviles de la administración pública tendrán que ser accesibles "para las personas mayores y personas con discapacidad, de modo que sus contenidos sean perceptibles, operables, comprensibles y robustos". La accesibilidad de estos afectará a su diseño, gestión, mantenimiento y actualización.

La misma norma detalla que quedan excluidos algunos contenidos como los vídeos y audios pregrabados publicados antes de su entrada en vigor; o, por ejemplo, los contenidos de que hayan sido producidos por terceros, pero que terminen en alguna web o app de la administración pública.

También se posibilita la exclusión de contenido accesible si este supone una "carga desproporcionada", algo que deberá justificarse y no alargarse en el tiempo. En cualquier caso, esos contenidos tendrán que ser lo más accesibles posible y habrá que ofrecer otras alternativas accesibles.

Además, la ley de contratación pública recoge que toda contratación que esté destinada a ser utilizada por personas físicas, ya sea el público en general o el personal de la Administración pública contratante, ha de ser redactada con "criterios de accesibilidad y de diseño" para todas las personas.

Estas normas complementan a otro real decreto vigente en España sobre las condiciones para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.

LAS UNIVERSIDADES Y LOS CIUDADANOS

En las universidades, por ley todos sus "espacios virtuales, servicios, procedimientos y el suministro de información" tendrán que ser accesibles para todas las personas, "de forma que no se impida a ningún miembro de la comunidad universitaria, por razón de discapacidad, el ejercicio de su derecho a ingresar, desplazarse, permanecer, comunicarse, obtener información u otros de análoga significación en condiciones reales y efectivas de igualdad", indica la normativa.

Además, las universidades españolas tienen que garantizar la accesibilidad de sus herramientas y formatos para que los estudiantes con discapacidad cuenten con "las mismas condiciones y oportunidades" en su formación y acceso a la información. Esto incluye a sus "páginas web y medios electrónicos" que facilitan la descarga de información a personas con discapacidad.

Para los ciudadanos de a pie no hay ningún tipo de obligación legal en materia de accesibilidad pero los expertos subrayan que cualquier persona puede aportar su granito de arena en la accesibilidad de los contenidos de una página web. Por ejemplo, en el contenido que comparte en las redes sociales.

Esquiva indica que redes sociales como Instagram, LinkedIn o Facebook permiten etiquetar las fotografías que se suben. Para que estas publicaciones puedan ser leídas por las herramientas de apoyo, como lectores de pantalla o líneas de braille, las etiquetas que usemos han de ser coherentes, brevesy guardar relación con la fotografía. "Hay que describirla como si estuvieses mandando un mensaje a un amigo, describiendo justo lo que estás viendo", recalca.

A la hora de publicar vídeos, es importante incluir un audio que complemente la información que muestran las imágenes. Por ejemplo, una empresa que sube un video con música no lo va a poder interpretar una persona con discapacidad visual. Pilar Soret, directora de desarrollo de negocio en ILUNION Accesibilidad, empresa especializada en esta materia, indica que también es importante que los usuarios "se hagan eco" de las webs que no sean accesibles y les remitan a los criterios establecidos. "Hay mucho desconocimiento por parte de las empresas", sostiene Soret.

(SERVIMEDIA)
17 Mayo 2023
PAI