Tribunales

La Audiencia de Madrid confirma la imputación de Begoña Gómez y su asesora

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido confirmar la imputación de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y de su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, por un delito de malversación por las tareas que realizó ésta última relacionadas con las actividades profesionales de Gómez.

Señalan los jueces que “las conductas” que investiga el juez Juan Carlos Peinado “parecen encajar en la figura delictiva de la malversación en relación con el artículo 432 y 433 del Código Penal”. Pese a ello, la Audiencia recuerda que “en resoluciones anteriores ya se dijo que nada se objeta respecto del nombramiento de una asistente para la esposa del Presidente del Gobierno, ni se ha dudado del procedimiento de contratación”,

“Únicamente”, añade, “se ha puesto de manifiesto la posible extralimitación en sus funciones, tendente a favorecer el presunto plan delictivo de la principal investigada, Begoña Gómez”.

El auto señala que el hecho de que la asistente será “amiga íntima” de la esposa del presidente “puede ser el primer indicio que sustente el delito de malversación, pues sería la primera vez, en este tipo de nombramientos, que no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo, para el mejor ejercicio de la función, sino que se hace recaer en una persona de su máxima confianza”.

En ese sentido aventura la Audiencia que un nombramiento de tal naturaleza no se hizo para que la asistente “dirigiese sus pasos por un complicado mundo de formalidades, de ceremonias y actos oficiales, sino para asegurarse del fiel cumplimiento del fin supuestamente propuesto, atendiendo a sus intereses particulares, con el consiguiente perjuicio para el patrimonio público, lo que supondría un acto dispositivo que se podría incardinar en el tipo penal de malversación, artículo 432 y 433 del Código Penal”.

Esa imputación había sido recurrida por la defensa de ambas, iniciativa a la después se adhirió la Fiscalía. Por su parte, la acusación popular unificada impugnó el recurso. La Audiencia de Madrid responde que “no es el momento procesal para la calificación jurídica de los hechos investigados”, algo que sólo sucederá cuando concluya la instrucción y el juez Peinado valore si hay pruebas suficientes para imputar delitos.

“Es al juez de instrucción al que única y exclusivamente le corresponde analizar si los hechos reúnen los requisitos mínimos para presumir ser constitutivos de delito y en base a ello determinar el hecho o hechos que se imputen a la persona o personas investigadas”, advierte el tribunal.

Sin embargo, señala la Audiencia que es “necesario que las resoluciones que se dicten se encuentren motivadas para que no resulten arbitrarias, siendo, al juez de instrucción al que le corresponde la dirección de la instrucción con arreglo a la ley de procedimiento vigente”, sin perjuicio de que sus resoluciones, puedan ser recurridas ante el tribunal superior y el juez deba ejecutar las resoluciones que se dicten por las instancias superiores”.

Por otro lado, el juez Juan Carlos Peinado acordó este jueves el archivo de la causa abierta contra el delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Francisco Martín Aguirre, después de que la Audiencia Provincial de Madrid le instara a retirarle la condición de investigado al considerar que su imputación se sustentaba en “meras suposiciones”.

La imputación fue acordada el pasado mes de mayo, cuando Peinado admitió a trámite una querella presentada por Vox y citó como investigado al delegado del Gobierno por su supuesta participación en la contratación de Cristina Álvarez, asesora de Moncloa y esposa del presidente del Gobierno. Según el auto inicial, Martín Aguirre habría intervenido “aparentemente” en ese proceso desde su cargo de secretario general de la Presidencia del Gobierno en julio de 2021.

(SERVIMEDIA)
19 Dic 2025
SGR/clc