LA AUDIENCIA NACIONAL MANTIENE LA PRISION PARA EL PRESUNTO NARCO OUBIÑA

MADRID
SERVIMEDIA

La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por el presunto narcotraficante gallego Laudelino Oubiña, contra el auto de prisión dictado por eltitular del juzgado central número 5, Baltasar Garzón, que instruye el sumario de la denominada "Operación Nécora".

La Audiencia Nacional mantiene asimismo la situación de prisión para otro de los implicados, Luciano Núñez Villanueva, que apeló también la decisión de Garzón.

La sala considera que no procede variar la situación personal de Oubiña, puesto que existen indicios suficientes, a través de las declaraciones de los testigos y por los alijos de droga incautados, para creer al procesado "reponsable" del delito contra la salud pública que se le imputa, según una resolución hecha pública hoy.

Oubiña permanece encarcelado desde junio de 1990 acusado de ser uno de los presuntos jefes de la red de narcotraficantes gallegos, desarticulada en junio de 1989, en una operación dirigida por el juez Garzón.

La Audiencia Nacional estima que el auto de prisión dictado por Garzón contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 503 de la ley de Enjuiciamiento Criminal y, desde entonces, no s han dado las circunstancias necesarias para variar la situación penitenciaria del procesado.

Por una parte, Oubiña aún no ha cumplido el tiempo máximo de prisión preventiva, ya que no lleva siquiera dos años de privación de libertad, pero, en cualquier caso, la sala considera que este dato "no es relevante" si se tiene en cuenta "la entidad y la importancia de los delitos imputados y la complejidad de la instrucción".

El auto recuerda que la pena a imponer al porcesado, en caso que se demuestre u culpabilidad, será superior a los seis años de prisión "dado que se trata de droga susceptible de producir grave daño a la salud y en cantidades enormes".

El tribunal recoge una argumentación similar en lo que respecta a Luciano Méndez Villanueva, ya que "persisten" las circunstancias por las que el juez decretó su prisión incondicional, sobretodo "ante la gravedad de los hechos atribuidos al procesado".

(SERVIMEDIA)
14 Abr 1992
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