Banca
BBVA avisa que la neutralidad fiscal no se aplicará a los accionistas de Sabadell si no alcanza el 50% en la OPA
- Señala que la mejora de la oferta no tiene que pasar por su Junta y que una segunda opa obligatoria tendrá “al menos” una alternativa en dinero
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
BBVA ha emitido un suplemento al folleto de la opa por el Banco Sabadell en el que aclara que, si no alcanza el 50,01% de los derechos de voto de Sabadell, a quienes canjeen no se les aplicaría el régimen de neutralidad fiscal y reitera que “no tiene intención de renunciar” al 50,01%, aunque puede hacerlo.
Así lo señala en el suplemento publicado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que recuerda que, si no adquiere la mayoría de los derechos de voto, “no resultará de aplicación el referido régimen de neutralidad fiscal”.
En cuanto a la nueva oferta anunciada este pasado lunes, de una mejora del 10% y el ofrecimiento de un intercambio exclusivamente en acciones, sin efectivo, especifica que “no requiere ni está condicionado a la obtención de ninguna aprobación de la Junta General de Accionistas de BBVA, ni necesita autorización de ninguna entidad, autoridad u organismo público”.
Para atender la nueva oferta, de una acción de BBVA por cada 4,8376 de Sabadell, BBVA concreta que el número máximo de acciones a emitir asciende a 1.038.464.886 acciones ordinarias de 0,49 euros de valor nominal cada una de ellas, lo que representa una ampliación de capital por un importe nominal máximo de 508,85 millones. BBVA también informa de que, con la nueva oferta y asumiendo el 100% de aceptación, los accionistas de Banco Sabadell alcanzarían aproximadamente el 15,3% de participación en el capital de la nueva entidad y los de BBVA poseerían el 84,7%.
La oferta continúa sujeta a la aceptación por al menos el 50,01% de los derechos de voto de Sabadell y el Consejo de Administración de BBVA “ha adoptado la decisión de renunciar tanto a realizar nuevas mejoras de la contraprestación de la oferta” como a ampliar el plazo de aceptación, que finaliza el día 10 de octubre, incluido.
BBVA insiste en que “no tiene intención de renunciar a la condición de aceptación mínima”, aunque habla de que “una eventual decisión de renunciar” se basaría en factores como “el número de acciones de Banco Sabadell que acepten la oferta, el precio por acción de Banco Sabadell que BBVA tendría que ofrecer en una oferta pública de adquisición obligatoria posterior, la evolución de los negocios y las condiciones macroeconómicas y de mercado en ese momento”.
En el caso de que siguiera adelante con menos de un 50% de aceptación y más de un 30%, señala que tendría que lanzar una opa obligatoria por la totalidad del capital de Sabadell “en dinero (o, al menos, con alternativa en dinero) al precio equitativo de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2.e) del Real Decreto 1066/2007 y sin condiciones”. Para financiarla, lo haría con “sus recursos disponibles”. En este escenario, estima un impacto en capital de 21 puntos básicos en la ratio de CET1.
Por otro lado, señala en el suplemento que “es posible que los precios de mercado de las acciones de BBVA y Banco Sabadell fluctúen antes de la liquidación de la oferta, lo que afectaría al valor que representa la ecuación de canje”, de manera que si el precio de los títulos de BBVA baja, quienes canjeen recibirían menos valor por sus acciones de Sabadell.
Apunta que las variaciones en la cotización que se vienen produciendo “podrían ser consecuencia de cambios reales o de la percepción de los inversores sobre el negocio, la situación financiera, los resultados de las operaciones o las perspectivas de BBVA o Banco Sabadell antes o después de la liquidación de la oferta, consideraciones regulatorias, procedimientos legales y judiciales, tipos de cambio, condiciones económicas y de mercado generales y otros factores ajenos al control de BBVA o de Banco Sabadell”.
(SERVIMEDIA)
25 Sep 2025
MMR/pai


