Discapacidad

El Cermi recuerda al sector público el deber normativo de la accesibilidad digital

MADRID
SERVIMEDIA

Todas las páginas de internet y las aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, incluidas las correspondientes a los poderes constitucionales y a las administraciones públicas, están obligadas a cumplir las exigencias de accesibilidad digital establecidas en la normativa vigente, en particular en el real decreto que regula esta materia.

Así lo recordó este martes el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en un comunicado, en el que destacó que si un poder constitucional del Estado, una Administración o un organismo o empresa del sector público incumple esos requisitos mínimos "no solo incurre en un comportamiento institucionalmente inaceptable, sino que podría estar vulnerando el ordenamiento jurídico y, en su caso, ser responsable de una infracción administrativa sancionable conforme al régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad".

Señaló que, para las personas con discapacidad, todos los entornos, también los digitales, han de ser universalmente accesibles y puso como ejemplo de incumplimiento poner a disposición del público documentación en su sitio web en archivos PDF inaccesibles, así como imágenes carentes de texto alternativo u otros contenidos que no respeten los estándares de accesibilidad.

El Cermi manifestó que la accesibilidad "no constituye una prestación graciable ni una mejora opcional de la calidad de los servicios públicos, sino un derecho exigible y una obligación legal de los poderes públicos". Ese objetivo solo puede alcanzarse diseñando las arquitecturas digitales y gestionando la creación y publicación de contenidos conforme a los principios del diseño universal y a los protocolos y estándares técnicos de accesibilidad previamente establecidos.

Además, exige una adecuada formación de las personas responsables del diseño, gestión, mantenimiento y publicación de la información y la documentación en los canales digitales del sector público. La accesibilidad no depende únicamente de la tecnología empleada, sino también del conocimiento y de las buenas prácticas de quienes generan y difunden los contenidos.

El Cermi indicó que, cuando la accesibilidad universal no está garantizada en el entorno digital, una persona con discapacidad visual, por ejemplo no puede acceder de forma autónoma a la información disponible en una página web pública a través de sus propios dispositivos de apoyo; no puede identificar imágenes o contenidos audiovisuales si carecen de alternativas accesibles, ni navegar y realizar las distintas operaciones en condiciones de igualdad con el resto de la ciudadanía.

Además, si ese sitio web permite realizar trámites administrativos o mantener relaciones formales con las administraciones públicas, la ausencia de accesibilidad sitúa a esa persona en una posición de exclusión y de discriminación objetiva, al impedirle ejercer sus derechos en igualdad de condiciones.

El Comité ahondó, por todo ello, en "la necesidad ineludible de que todos los canales digitales del sector público sean plenamente accesibles desde su diseño y durante toda su gestión, tal y como exigen la legislación vigente y sus disposiciones de desarrollo". "La accesibilidad digital constituye un presupuesto indispensable para garantizar la igualdad de oportunidades, la autonomía personal y la plena ciudadanía de las personas con discapacidad en una sociedad cada vez más digitalizada", recalcó.

(SERVIMEDIA)
11 Ago 2026
PAI