Tribunales

El Constitucional desestima el recurso de Aragón contra la ley de amnistía

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Aragón contra la ley de amnistía que perdonó a los líderes independentistas catalanes.

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal, Inmaculada Montalbán Huertas, aplica la doctrina establecida en varias sentencias precedentes sobre este mismo asunto a raíz de los recursos presentados por distintos gobiernos autonómicos en manos del PP.

En relación con la impugnación de la ley en su conjunto, la sentencia se reafirma en su criterio de que la Constitución no prohíbe amnistiar. Asimismo, recuerda que el legislador no incurrió en arbitrariedad al aprobar la ley y que la norma no vulnera la reserva de jurisdicción ni el principio de separación de poderes. En consecuencia, se desestiman las alegaciones formuladas contra la ley en su conjunto.

El recurso formulaba también impugnaciones específicas contra diversos preceptos de la ley. Respecto del apartado 1 del artículo 1, alegaba que la exclusión del ámbito de aplicación de la amnistía de quienes hubieran cometido los delitos amnistiados con la finalidad de oponerse al proceso secesionista catalán vulneraba el derecho a la igualdad.

Esta cuestión ya fue resuelta por la sentencia 137/2025, que declaró la inconstitucionalidad de dicho precepto con el alcance y efectos precisados en su fundamento jurídico 8.3.5. Asimismo, el recurso impugnaba el régimen temporal previsto en el artículo 1.3 de la Ley de Amnistía.

La sentencia aprecia la pérdida sobrevenida de objeto de la impugnación dirigida contra el párrafo segundo de dicho precepto, al haber sido previamente declarado inconstitucional y nulo por la sentencia 137/2025. El resto de las alegaciones formuladas en el recurso son desestimadas con remisión a la doctrina establecida en las sentencias 137/2025 y 165/2025.

La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera y César Tolosa Tribiño.

(SERVIMEDIA)
10 Jun 2026
SGR/clc