Dependencia
El Defensor del Pueblo celebra que la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia incorpore algunos de sus planteamientos
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El Defensor del Pueblo celebra que la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia “incorpora” algunos de los “planteamientos” que ha realizado en los últimos años, según refleja en el informe anual de la actividad de la institución en 2025 que el defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, registró este martes en las Cortes Generales y entregó a la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol.
El Defensor del Pueblo continuó “atento” a la tramitación del proyecto de ley que habría de modificar el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, que “incorpora determinados planteamientos” realizados por esta institución en años anteriores.
Entre ellos, mencionó la ampliación de la Escala de Valoración Específica de los tres a los seis años; la supresión del plazo máximo de suspensión en el derecho de acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales y la regulación de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales, flexibilizando el requisito de convivencia.
MODIFICACIÓN
Con respecto a la modificación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, el Defensor subrayó que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el Ministerio de Sanidad elaboraron, en enero de 2025, un borrador del plan para “desplegar” la Ley 3/2024, de 30 de octubre, con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas con esclerosis lateral amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
El Defensor del Pueblo solicitó información sobre el “alcance” de este plan, que, recordó, “ofrece una ayuda directa y temporal hasta la plena implementación de la Ley 3/2024 y, en general, para hacer efectivo lo que dicha ley contiene”.
La Administración estatal remitió la información solicitada, en la que se “aludía” al Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre, por el que se establecen medidas para el fortalecimiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y cumplir con las obligaciones establecidas en la mencionada Ley 3/2024.
En este contexto, la institución valoró que se ha “incorporado” a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, una disposición adicional decimoséptima, relativa al régimen jurídico de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, por la que se crea un nuevo Grado III+ de dependencia extrema, para personas que, teniendo reconocido el Grado III de dependencia, están diagnosticadas con esclerosis lateral amiotrófica, o con otras enfermedades que se determinen reglamentariamente.
Por último, con respecto a una actuación iniciada años atrás, que la Secretaría de Estado de Derechos Sociales informó “no haber avanzado” en relación con la regulación de las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en los supuestos en que alternan su residencia entre distintas comunidades y ciudades autónomas y en los casos de traslados temporales, para que “no se interrumpa la acción protectora del sistema”.
(SERVIMEDIA)
24 Mar 2026
MJR/gja
