Consumo
Facua denuncia gastos de gestión de hasta 66 euros en las entradas de los conciertos de Rosalía
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Facua-Consumidores en Acción denunció ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a Live Nation España SAU, empresa promotora de los conciertos de Rosalía que se celebrarán durante los meses de marzo y abril en Madrid y Barcelona, “por imponer durante el proceso de compra de entradas unos «gastos de gestión» de hasta 66 euros y un importe extra en concepto de ‘Platinum’ que varía en función la oferta y la demanda”.
Facua pidió al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que inste a Live Nation España SAU a eliminar de las entradas los cargos que cobra tanto por gastos de gestión como en concepto ‘Premium’, y que devuelva los referidos importes a los consumidores que ya adquirieron las entradas para los ocho conciertos que dará Rosalía en Madrid y Barcelona. Asimismo, le pidió que abra un expediente sancionador a la promotora por vulnerar los derechos de los usuarios.
“Aquellas personas que hayan comprado las entradas y le hayan cobrado tanto los gastos de gestión como el concepto Premium pueden reclamar la devolución del dinero. Los usuarios afectados pueden dirigirse a la asociación para que presente en su nombre una reclamación contra la promotora”, señalaron.
PRECIO DINÁMICA POR OFERTA Y DEMANDA
Según indica Live Nation en su página web, el concepto ‘Platinum’ son las entradas más solicitadas de un evento y se ponen a la venta en modalidad de precio dinámico, ajustado en función de la oferta y la demanda del evento. Además, aclara que “estas entradas no incluyen ningún servicio o producto adicional como sí lo hacen las entradas tipo paquete VIP”.
La asociación entiende que la promotora incurrió en una “práctica abusiva” al imponer un precio u otro a las entradas en función de la oferta y la demanda, generándose de este modo “una sensación de inseguridad entre los consumidores”.
“Se aplicó a los usuarios unos gastos de gestión de entre 6 y 66 euros por entrada que son parte de los costes operativos de la propia actividad empresarial. La mercantil impone un cargo adicional no por un servicio prestado o solicitado por el cliente, sino por el simple hecho de cumplir una obligación legal propia que le corresponde por ser el organizador del evento”, explicaron desde Facua.
“Es inherente a toda actividad empresarial repercutir en todo o en parte los costes del servicio que presta, pero imputándolos al precio final del producto o servicio. Facua considera que no se puede repercutir parte de estos costes operacionales mediante «cargos administrativos» incluidos en condiciones generales de la contratación accesorias, ya que se trataría de una cláusula abusiva por falta de reciprocidad al no corresponder el pago con servicios de los que se beneficia el cliente”.
La asociación ya denunció a esta promotora en otros ocasiones por aplicar gastos de gestión similares y el concepto ‘Platinum’ en los conciertos de Lady Gaga o AC/DC. El pasado mes de octubre, el ministerio de Consumo, Pablo Bustinduy, anunció la apertura de un expediente sancionador a una gran promotora de festivales por irregularidades que FACUA lleva años denunciando.
Facua recordó que el artículo 85 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias considera prácticas abusivas “las cláusulas que reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato”.
También aquellas que “prevean la estipulación del precio en el momento de la entrega del bien o servicio o las que otorguen al empresario la facultad de aumentar el precio final sobre el convenido, sin que en ambos casos existan razones objetivas y sin reconocer al consumidor y usuario el derecho a resolver el contrato si el precio final resulta muy superior al inicialmente estipulado”.
El artículo 89 de esta misma norma también califica como abusiva “la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados y los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso”.
(SERVIMEDIA)
15 Ene 2026
JNV/gja


