Borrasca Ciarán

Facua recuerda a los afectados por cancelaciones o “grandes retrasos” en su vuelo por la borrasca Ciarán que pueden reclamar

- Denuncia que la “falta de inspecciones” a las aerolíneas “facilita” que “se salten sus obligaciones”

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción recordó este jueves a los usuarios afectados por cancelaciones o “grandes retrasos” en sus vuelos a causa de la borrasca Ciarán que tienen derecho a reclamar a las aerolíneas y que éstas están “obligadas” a facilitar información “suficiente” a los pasajeros en relación a sus derechos en materia de compensación y asistencia, entre otros. No obstante, consideró que la “falta" de inspecciones “facilita” que “se salten sus obligaciones”.

Así lo subrayó en un comunicado en el que advirtió de que muchos usuarios están denunciando que se han visto “atrapados” en distintos aeropuertos tras la cancelación de sus vuelos debido al temporal “sin que las compañías aéreas les ofrezcan información suficiente sobre sus derechos o les den alguna solución o alternativa al problema”.

A este respecto, la asociación puntualizó que algunos usuarios llevan "horas" haciendo colas ante los mostradores de las aerolíneas “sin ser atendidos o informados” e hizo hincapié en que las compañías aéreas están obligadas a informar a los pasajeros acerca de los derechos que les asisten en caso de una "problemática" de este tipo y en que, según el artículo 14 del Reglamento Europeo 261/2004, el transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo que deniegue el embarque o cancele dicho vuelo “deberá proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un impreso en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia con arreglo al presente reglamento” y garantizar que dicha información aparezca en el mostrador de facturación.

Una obligación que, según denuncian los pasajeros afectados, “no se está cumpliendo”, tal y como precisó Facua, al tiempo que criticó que la “falta de inspecciones” a las aerolíneas por parte del Ministerio de Transportes “facilita” que las compañías “se salten estas obligaciones, permitiéndose no dar asistencia a los usuarios y minimizar el personal destinado a información”, al no estar recibiendo sanciones “contundentes” por parte de la administración “por no cumplir con lo que dispone la normativa europea”.

REEMBOLSO

En paralelo, la asociación señaló que, según el artículo 8 de dicho reglamento, en caso de cancelación, los viajeros siempre tienen derecho al reembolso íntegro del billete "en siete días", o a un transporte alternativo hasta el destino final, ya sea "lo más rápidamente posible" o en "una fecha posterior que convenga al pasajero".

Si la cancelación ocurriese “próxima” al horario de salida del vuelo o el retraso fuera “de larga duración”, el artículo 9 de la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los usuarios afectados comida y refrescos “suficientes", alojamiento en un hotel “si fuera necesario” y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel, así como dos llamadas telefónicas o correos electrónicos.

(SERVIMEDIA)
02 Nov 2023
MJR/clc