Defensor del Pueblo

Gabilondo pide “cambios organizativos” en el IMV para evitar algunas “situaciones injustas”

- Y que llegue a todos los que "lo necesitan"

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, recomienda introducir "cambios organizativos” y legislativos en el Ingreso Mínimo Vital (IMV) para asegurar que esta prestación llega "a todos los que la necesitan en términos de justicia social" y evitar “situaciones injustas”.

Así se recoge en el informe anual de la institución correspodiente a 2023 que su responsable, Ángel Gabilongo, entregó este viernes a la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol.

En concreto, el Defensor propone reformar "la conformación de las unidades de convivencia ", ya que " la rigidez” en la aplicación de la norma actual supone que a veces "se produzcan situaciones irracionales y hasta injustas".

A su juicio, existe "una pluralidad de circunstancias sociales” que “la ley tiene difícil poder abarcar" y que requieren que “los órganos encargados de gestionar la prestación dispongan de mayor margen de interpretación y de aplicación, siempre garantizando la seguridad jurídica y la correcta utilización de los recursos públicos”.

Además, el informe recoge las quejas de ciudadanos a quienes sus ayuntamientos les han negado los certificados de empadronamiento, que esta ley exige para acreditar el domicilio real de la unidad de convivencia, la ausencia de vínculos de parentesco entre personas que conviven o la situación de riesgo de exclusión social de un solicitante que comparte domicilio.

Gabilondo subraya que este es el tercer ejercicio de vigencia de una medida que “vio la luz de urgencia, en mitad de la pandemia”, y apunta que , transcurrido este tiempo y “con la presumible adquisición de competencia por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social”, cabría esperar un descenso en el número de quejas.

Sin embargo, las reclamaciones volvieron aumentar, prosigue, y son ya casi 1.000 las recibidas en 2023. Entre ellas, destacan las que tienen que ver con la resolución de los expedientes por parte del INSS, al exceder el plazo de seis meses que establece la ley del IMV.

En su opinión, “una prestación de estas características, destinada a ofrecer condiciones de subsistencia a personas y hogares, debería ser objeto del procedimiento mas ágil posible”. En este sentido, aconseja recuperar el plazo de tres meses de resolución que contemplaba la primera redacción del decreto ley.

Asimismo, defiende incluir información tributaria más personalizada, a fin de garantizar el derecho de alegación y defensa en los casos de inadmisión o de denegación de la ayuda, e insistió en adelantar el momento en que se incorporan los datos de aquellas personas que ya perciben el IMV. Esto “no se ha conseguido”, lamenta, y “ha generado miles de expedientes de reintegro de prestaciones”.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 2024
AGQ/gja