Pensiones

El Gobierno afronta el jueves la votación de la reforma de pensiones en el Congreso para cumplir con los compromisos con Bruselas

- El decreto aumenta las bases máximas de cotización e incrementa las aportaciones a la ‘hucha’ de las pensiones

- Extiende hasta los 26 años la prestación por cuidado de hijos con enfermedad grave con discapacidad del 65%

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá y votará este jueves la convalidación del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, conocido como la segunda fase de la reforma de pensiones, que forma parte de los hitos para que España pueda solicitar a la Comisión Europea el cuarto desembolso de los fondos europeos de recuperación.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, se ha mostrado en varias ocasiones optimista sobre las posibilidades de que el texto salga adelante, aunque los partidos pidieron en la Comisión del Pacto de Toledo que el texto se tramite como proyecto de ley, lo que no ha sido negado por el Gobierno. De ser así, tras convalidarse el decreto, los partidos podrían proponer enmiendas para incorporarse a la ley.

El real decreto llega al Congreso dos semanas después de su aprobación en un Consejo de Ministros extraordinario, celebrado tras las negociaciones que Escrivá mantuvo con la Comisión Europea y después de alcanzar un acuerdo con CCOO y UGT en la mesa del diálogo social. No obstante, la CEOE mostró su “oposición frontal” por considerar que es un “impuestazo al empleo” que lastrará la competitividad del tejido productivo español.

Por el momento, las fuerzas de izquierda, con matices entre sí, han valorado positivamente el texto y no han cerrado la puerta a apoyarlo. No en vano, Bildu anunció un pacto con el Ejecutivo para equiparar las pensiones de viudedad con las no contributivas. Mientras, el Ejecutivo ha acordado con el PDeCat que la cuota de solidaridad de los salarios más altos contribuyan al sistema de pensiones, pero incorporando un principio de progresividad.

Por contra, el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, calificó la reforma de “parche” y valoró desde Bruselas de forma más positiva la normativa francesa que la española. Ello fue calificado por el ministro Escrivá de “falta de patriotismo” e “insolvencia”, alertando de que el PP está así demostrando que su “solución” para el sistema de pensiones pasa por los “recortes” con “clima de confrontación” en la calle.

MEDIDAS

La reforma recoge el incremento gradual de las bases máximas y de las pensiones máximas. Las primeras subirán con el IPC cada año añadiéndoles un 1,2% anualmente hasta 2050. Mientras, la pensión máxima también se revalorizará con el IPC, más el 0,115%. Esta herramienta aportará ingresos al sistema por valor de cuatro o cinco puntos del PIB, según las previsiones del Gobierno.

También contiene la creación de una cuota de solidaridad para los salarios más altos que queden por encima de la base máxima. Esta medida tendrá también un componente distributivo, se desplegará gradualmente, partiendo de cuotas de alrededor del 1% en 2025, hasta alcanzar valores alrededor del 6% en 2045.

Asimismo, se refuerza el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), con el que se dota de nuevos ingresos al fondo de reserva o ‘hucha’ de las pensiones. En concreto, a partir de 2024, crecerá una décima cada año hasta alcanzar 1,2 puntos porcentuales en 2029. Este mecanismo sustituye al Factor de Sostenibilidad que estableció la reforma de 2013 y que, según el Gobierno, suponía un “importante recorte” de la pensión inicial, especialmente de los más jóvenes.

Las estimaciones del Gobierno apuntan a que en el momento en el que más se va a echar mano de este fondo, que será en torno a 2047, el MEI aportaría recursos por valor de nueve décimas del PIB.

EQUIDAD

Más allá del capítulo de ingresos, la nueva norma establece un régimen dual del periodo de cómputo para los próximos 20 años, por el que se aplicará a los trabajadores que se jubilen la más beneficiosa de estas posibilidades: los 29 últimos años de carrera, descartando los 24 meses (2 años) peores; y el periodo de cómputo actual (25 últimos años). La primera posibilidad se desplegará progresivamente durante 12 años a partir de 2026. Esto beneficiará especialmente a los trabajadores con carreras irregulares.

También se refuerzan las medidas para reducir la brecha de género en pensiones. Por un lado, el complemento de brecha se subirá en los dos próximos ejercicios (2024 y 2025) un 10% adicional al IPC. Por el otro, se mejora la cobertura de lagunas con enfoque especial para mujeres, de forma que se cubrirán hasta cinco años de vacío de cotización con el 100% de la base mínima, frente a los cuatro actuales. El sexto y el séptimo año sin cotizar se cubrirá con un 80% de la base mínima, frente al 50% actual.

Por otro lado, la norma incluye una senda de subida de las pensiones más bajas, mínimas y no contributivas, inspirada en la evolución del salario mínimo. En el caso de las pensiones mínimas con cónyuge a cargo, la senda es hacia la convergencia con el 60% de la renta mediana de un hogar con dos adultos en 2027, mientras que las pensiones no contributivas convergerán en ese mismo año con el 75% del umbral de la pobreza de un hogar unipersonal.

La reforma prevé además un mecanismo semiautomático que garantiza la sostenibilidad del sistema a partir de los datos de los Informes trianuales de envejecimiento de la Comisión Europea, con la participación de los agentes sociales y las Cortes, y que dota de nuevos ingresos al sistema en caso de que no haya consenso sobre las medidas a adoptar.

DISCAPACIDAD

En otro orden de cosas, el decreto extiende la prestación por cuidado de hijos con enfermedades graves o cáncer hasta los 26 años cuando el menor tenga una discapacidad igual o superior al 65%.

En concreto, el texto señala que se producirá esta extensión de la prestación cuando el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave hayan sido diagnosticados antes de alcanzar la mayoría de edad y persista la necesidad de hospitalización, tratamiento y cuidado, si se acreditan los requisitos exigidos con carácter general.

De darse esta circunstancia, la extensión de la prestación llegará hasta los 23 años, salvo en los supuestos en que el hijo tenga una discapacidad igual o superior al 65%, que se prolongaría hasta los 26 años.

En paralelo, la normativa flexibiliza los requisitos para acceder a la prestación económica en los supuestos de nulidad, separación, divorcio o extinción de la pareja de hecho cuando se acredite la condición de víctima de violencia de género, ya que se reconoce el derecho a favor del progenitor, guardador o acogedor que conviva con la persona enferma, aunque el otro no trabaje, siempre que acredite los requisitos exigidos.

Desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) explicaron a Servimedia que es “positivo” ampliar a 26 años la prestación (hasta ahora estaba fijado en los 23), aunque lamentaron que se introduzca la “limitación” de que el hijo o hija tenga una discapacidad de al menos el 65%.

“Es una restricción que no esperábamos y que nunca nadie se había planteado”, reprocharon desde la plataforma representativa de la discapacidad en España.

(SERVIMEDIA)
26 Mar 2023
DMM/pai