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El Gobierno aprueba el reglamento del Comité de Inversiones Estratégicas para agilizar los grandes proyectos de inversión en España

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes el Real Decreto por el que se regula el Comité de Inversiones Estratégicas y se desarrollan los criterios y el procedimiento de declaración de Proyectos Estratégicos de Inversión, con el objetivo de facilitar y priorizar proyectos estratégicos para España en materia de inversión nacional y extranjera.

Según informó el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, la norma establece una gobernanza reforzada que permita priorizar, con agilidad y seguridad jurídica, los proyectos que aporten un mayor retorno económico, social y medioambiental al país.

Con ello, España se suma a mecanismos equivalentes ya puestos en marcha por países como Francia o Reino Unido, y por buena parte de las comunidades autónomas, alineándose también con los desarrollos normativos europeos que apuntan a la necesidad de desarrollar estos mecanismos a nivel nacional, y refuerza además la labor que desarrolla Invest in Spain (ICEX España Exportación e Inversiones) en la captación de inversión exterior.

En concreto, podrán obtener esta declaración de Inversión Estratégica las iniciativas empresariales o de colaboración público-privada, de inversión o reinversión en España, que mejoren las capacidades tecnológicas, científicas o productivas del país y en las que concurran razones de interés público, social, ambiental o económico.

Sin embargo, quedarían excluidos la adquisición de acciones o participaciones sociales, las ampliaciones y reducciones de capital social y las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles.

El procedimiento de declaración se articula en dos fases sucesivas, pensadas para dar a los promotores seguridad jurídica y plazos definidos.

Así, la declaración previa (plazo máximo de un mes): valora criterios cuantitativos, como el volumen de inversión y de creación de empleo, y cualitativos, como la solidez del proyecto y su adecuación a las prioridades estratégicas del país.

Por su parte, la declaración definitiva (plazo máximo de tres meses desde la solicitud): analiza en detalle el impacto socioeconómico y medioambiental, la contribución a la autonomía estratégica y la seguridad económica, el esfuerzo en innovación y la cohesión territorial, entre otros aspectos, y determina las medidas de apoyo, compromisos y obligaciones asociados al proyecto.

La declaración previa le corresponderá al Pleno del Comité, mientras que la declaración definitiva será otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (Cdgae), a propuesta del Comité.

Además, las comunidades autónomas serán consultadas y su valoración se tendrá en cuenta en la evaluación de cada proyecto.

El real decreto aprobado hoy contempla también un régimen de seguimiento del cumplimiento de los compromisos adquiridos y un procedimiento de revocación de la declaración en caso de incumplimiento.

(SERVIMEDIA)
15 Sep 2026
JBM/clc