EL GOBIERNO ENDURECE LA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS QUE CAUSAN LOS PRODUCTOS DEFECTUOSOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un proyecto de ley que reula la responsabilidad civil por los daños ocasionados por productos defectuosos, en sintonía con lo establecido en una directiva de la CE de 1985.

La nueva normativa atribuye a los fabricantes y los importadores la responsabilidad por los daños que causen los defectos de los productos que fabriquen o importen. Si el fabricante o el importador no pueden ser identificados, se considerará como tal al suministrador del producto.

El proyecto que ahora tramitará el Parlamento eleva el límite establecio en la legislación de consumo actual para la responsabilidad global por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos que presenten el mismo defecto. El límite pasa de 500 a 10.500 millones de pesetas.

También incrementa de un año a tres el tiempo máximo estipulado para poder presentar una reclamación por daños de este tipo. Además, los derechos reconocidos al perjudicado no se extinguirán hasta transcurridos diez años.

La negligencia o el descubrimiento del defecto por conocimietos científicos posteriores a la puesta en circulación del producto no podrán ser invocados como eximentes de responsabilidad.

El ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, que presentó el proyecto en rueda de prensa, dijo que la nueva normativa es "importante para los consumidores y todo el público en general".

El proyecto de ley entiende por producto "todo bien mueble, aun cuando se encuentre unido o incorporado a otro bien mueble o inmueble, excepto las materias primas agrarias y ganadeas, y los productos de la caza y de la pesca que no hayan sufrido transformación inicial. También se consideran productos el gas y la electricidad"

(SERVIMEDIA)
12 Feb 1993
JRN