Funcionarios
El Gobierno inicia los trámites para mejorar el acceso al empleo público de personas con discapacidad
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La Secretaría de Estado de Función Pública, a través del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), y la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, están trabajando en una nueva orden por la que se establecen criterios generales para facilitar el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
En un comunicado, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública explicó este jueves que se trata de mejorar la adaptación de medios y tiempos en las pruebas selectivas para incorporarse a la Administración que tienen que realizar las personas con discapacidad. La realización de estos ajustes es necesaria para adaptar la norma vigente a los avances ocurridos en este ámbito en los últimos años, tal y como se viene reclamando desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).
De este modo, se abre un periodo de consulta pública previa sobre el posible contenido de la orden ministerial, desde hoy jueves, 3 de octubre, hasta el 31 de octubre. Se puede participar en el proceso de consulta pública a través de las páginas web de ambas instituciones.
En julio, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública anunció que uno de los rasgos destacados de la Oferta de Empleo Público 2024 que presentaba era lograr la plena inclusión de las personas con discapacidad. Por ello había reservado en esta oferta de empleo, por primera vez, un cupo del 10% (3.147 plazas, 629 de ellas para personas con discapacidad intelectual), que anteriormente era del 7%.
Según el Ministerio de Derechos Sociales, en esta legislatura se han creado unidades de inclusión laboral que se incorporarán a cada ministerio. Asimismo, indicaron que se desplegarán las medidas que contempla el Libro Blanco “Empleo y Discapacidad” para que el mercado laboral no expulse a las personas con discapacidad y les ofrezca estabilidad y derechos laborales.
(SERVIMEDIA)
03 Oct 2024
ECJ/gja