Mayores

El Gobierno plantea el fin de las sujeciones en las residencias de mayores, salvo en casos excepcionales

Madrid
SERVIMEDIA

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 tiene previsto la aprobación de un plan a partir del cual se establecerá la “supresión total y segura de las sujeciones” en las residencias de ancianos o para personas con discapacidad, “siendo únicamente posible su utilización de manera excepcional”.

Así se pone de manifiesto en el borrador del ‘Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)’, que el Gobierno ha remitido a las comunidades autónomas, a cuyo contenido ha tenido acceso Servimedia.

En el referido documento, se atestigua que todas las personas atendidas bajo el amparo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia “tienen derecho a recibir una atención libre de sujeciones ya sean estas físicas, mecánicas, químicas o farmacológicas”, por lo que “el reconocimiento de la dignidad y la promoción de la autonomía de la persona debe ser el eje vertebrador de la atención y apoyos a todas las personas”.

En ese sentido, se determina que “los centros de atención residencial y centros de día deben tener un compromiso formal respecto a la atención libre de sujeciones” que se concretará a través de un “plan de atención libre de sujeciones”.

Este plan, según el texto, contempla “la supresión total y segura de las sujeciones siendo únicamente posible su utilización de manera excepcional en la forma en que contempla” este documento.

A su vez, ese proyecto incluirá “medidas alternativas de apoyo preventivo, positivo y respetuoso que minimicen el uso de medidas restrictivas”, como las referidas sujeciones.

Este plan en cuestión tendrá que ser aprobado por la Inspección disponiendo la entidad prestadora del servicio de un plazo máximo de tres años para su completa y efectiva implantación.

Para ello, se proporcionará formación a los trabajadores de estos centros en “la atención libre de sujeciones y en los modelos de intervención de enfoque preventivo y positivo en la gestión de las conductas que suponen un desafío para el servicio con metodologías como el Apoyo Conductual Positivo”.

De este modo, el documento deja claro que “no se implantará ninguna sujeción, salvo en situaciones excepcionales y de urgente necesidad en las que exista un peligro inminente que ponga en riesgo la seguridad física de la persona usuaria, de las personas cuidadoras o de terceras personas y en las que previamente se haya constatado claramente el fracaso de otras medidas alternativas”.

En el caso de que se haga necesario el uso de sujeciones, el borrador señala que “se deberán documentar y detallar los intentos alternativos realizados, los motivos de su fracaso y las consecuencias que se hubieran producido en el registro que proceda”, dejando claro que su utilización “tendrá siempre carácter temporal y proporcional, aplicándose con la mínima intensidad posible y garantizándose la prohibición de exceso”.

Añade que “cualquier sujeción estará sometida a un procedimiento documentado que cuente con prescripción médica, supervisión técnica y con el consentimiento informado”, el cual deberá ser “explícito para cada situación y para cada persona, y referido al momento en que se va a tomar la decisión, no siendo válidos los consentimientos genéricos ni los diferidos en el tiempo”.

Ese procedimiento tendrá que incluir la “determinación específica de temporalidad y formato de la sujeción, así como un análisis de prevención de riesgos y consecuencias en el uso de las sujeciones definidas”, siendo obligatoria la comunicación al Ministerio Fiscal.

El borrador señala que “será de especial relevancia facilitar el consentimiento informado en sistemas de comunicación accesibles para la persona, especialmente cuando ésta tenga limitaciones en la comunicación”.

En el caso de que la persona no pueda comprender, ni dar el consentimiento, éste se verbalizará por parte de “los familiares de referencia” o sus “representantes legales”, “teniendo en cuenta la voluntad y preferencias de la propia persona”.

“En el breve espacio de tiempo durante el cual se lleve a cabo la sujeción”, continúa el documento, “la persona usuaria será mantenida en condiciones dignas y bajo el cuidado y supervisión inmediata y continua por personas profesionales del centro”.

De hecho, se contempla que incluso para estas personas “se diseñarán planes personales de eliminación de las sujeciones aplicadas que contemplen la planificación de estrategias alternativas de apoyo positivo que contribuyan a una intervención preventiva que permita la eliminación definitiva de la sujeción”.

Por último, se concreta que “todos los casos de utilización de sujeciones quedarán registrados en el historial de la persona usuaria”.

(SERVIMEDIA)
02 Mar 2022
MST/gja