Tráfico

El Instituto de Actuarios dice que el nuevo sistema de indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico mejorará la protección de las más vulnerables

MADRID
SERVIMEDIA

El Instituto de Actuarios de España cree que la modificación de la Ley de responsabilidad civil de accidentes de tráfico, que se votará en el Pleno del Congreso de los Diputados del martes 22 de julio, actualiza y mejora el sistema de indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico, especialmente de las más vulnerables.

Señala que el 'baremo de autos', que se implantó en España con la Ley 35/2015, supuso un modelo de indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico que tuviese en cuenta el lucro cesante por causa de muerte o de lesiones permanentes, así como el daño emergente que se producía a las víctimas por los gastos futuros por necesidad de ayuda de tercera persona, adecuación de vivienda o automóvil adaptado, ayudas técnicas u otros gastos futuros en que se pudiera incurrir, y lo hiciese con criterios actuariales y sobre una Base Técnica Actuarial elaborada por el Instituto de Actuarios de España.

La 'Ley del Baremo', indica, establecía la creación de un grupo de expertos en materias sanitarias, de derecho civil, aseguradores o actuarios, entre otros, que debía elaborar un “informe razonado”, que concluyó unánimemente con 50 recomendaciones de mejora. Estas recomendaciones, añade el Instituto de Actuarios de España, son incluidas en la nueva ley que ahora se vota en el Congreso.

"El sistema de valoración de daños, más garantista y proteccionista que en otros países europeos, generó en España estabilidad y seguridad jurídica a todas las partes de un proceso de reclamación: víctimas, compañías aseguradoras, abogados y Tribunales de Justicia", sostiene.

Desde el Instituto de Actuarios de España, que elaboraron las Bases Técnicas Actuariales del Baremo, y que puntualmente participan de su revisión a través del Observatorio Actuarial del Baremo de Autos, se explica que “lo importante ante un accidente es que el seguro pueda indemnizar los daños efectivamente sufridos por las víctimas, para lo cual es imprescindible que las primas sean justas y adecuadas para el pago de esas indemnizaciones”. Y añaden que “el modelo se basa en los principios fundamentales de reparación íntegra y reparación vertebrada del daño”, y que “se basa en unas tablas con base actuarial, y en unos supuestos que requieren un informe actuarial específico, suscrito por un actuario, y recomiendan que, en caso de duda, los abogados recurran a un actuario para calcular adecuadamente la indemnización que corresponda”.

MEJORAS

De la nueva redacción de la ley y de sus tablas indemnizatorias, esta entidad destaca que las indemnizaciones se ven incrementadas económicamente, entre otros casos, por la subida de horas en las ayudas por tercera persona a las víctimas. Por ejemplo, la subida de horas diarias de ayuda por tercera persona para las personas que hayan quedado en estado vegetativo, sin movilidad, o conectados a un respirador automático, sube de 16 a 24, cubriéndose el día completo. O para aquellas personas que como consecuencia de un accidente hayan sufrido daño de globo ocular y hayan podido quedarse ciegos, se duplica ese número de horas de ayuda de terceras personas, pasando de 5-6 a 10-12 horas diarias.

Asimismo, subraya que se mejoran también las indemnizaciones para aquellos lesionados de más de 45 años con secuelas con pérdida de calidad de vida compatible con una incapacidad permanente total, que al no tener incapacidad permanente absoluta pudieran trabajar, pero que la realidad del mercado laboral hace difícil su reincorporación a un trabajo.

"Pero hay una mejora especialmente significativa", agrega, "que es respecto a las personas que se dedican a tareas no retribuidas del hogar, creándose para estas personas una tabla específica, que mejora las indemnizaciones y la protección de estas personas si son víctimas de un accidente de tráfico".

ASIGNATURA PENDIENTE

El Instituto de Actuarios de España destaca que el 'baremo de autos' es "una referencia también para las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de trabajo o de accidentes de otros medios de transporte, como el ferroviario o el aéreo, que ha sido utilizado, por ejemplo, por algunos tribunales en algunos juicios del accidente del vuelo JK5022 o del AVE de Santiago de Compostela".

Los actuarios señalan que que la Ley del Baremo de 2015 indica que “este sistema de valoración servirá como referencia para una futura regulación del baremo indemnizatorio de los daños y perjuicios sobrevenidos con ocasión de la actividad sanitaria”, si bien hasta la fecha, y tras diversos intentos y borradores, el Ministerio de Sanidad no ha aprobado este Baremo Sanitario, que “sería fundamental para asegurar con garantías y con objetividad la protección económica de las víctimas y la responsabilidad de los profesionales sanitarios”, y recuerdan su total disposición para trabajar con el Ministerio de Sanidad en la creación de un Baremo Sanitario.

Además de las mejoras de la protección de las víctimas de accidentes de tráfico, la nueva ley, apuntan, de reforma de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, transpone la Directiva 2021/2118, que adapta el seguro a los nuevos modelos de movilidad, ampliando el ámbito de los vehículos sujetos a seguro obligatorio, incluyendo los vehículos personales ligeros, como patinetes y bicicletas eléctricas, o la maquinaria de uso industrial y destinada a obras, y establece mecanismos de protección a las víctimas de accidentes de tráfico ante la posible insolvencia de entidades".

(SERVIMEDIA)
21 Jul 2025
s/gja

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