Transportes
El Tribunal Central Administrativo tumba el concurso de Renfe para crear su filial de autobuses
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El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Tacrc) ha estimado los recursos acumulados presentados por la Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (Anetra) y la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), lo que supone la anulación del concurso lanzado por Renfe para crear una filial de autobuses para llevar a cabo los planes alternativos de transporte.
Según estas organizaciones, con este fallo definitivo en vía administrativa, el Tribunal frena en seco la pretensión de Renfe Viajeros de articular sus planes de transporte alternativo por carretera a través de una macro-sociedad anónima mixta participada al 51% por un único adjudicatario privado.
Ambas federaciones denunciaron de forma coordinada que este diseño expulsaba de facto al 99% de las empresas del sector, compuesto mayoritariamente por pymes y autónomos.
El Tacrc ha estimado íntegramente las reclamaciones de las patronales del transporte al detectar severas restricciones a la competencia, falta de desglose de costes y la omisión ilegal de la publicidad europea.
Para el Tribunal, Renfe no ha justificado en el expediente la necesidad de constituir una sociedad filial de autobuses participada conjuntamente con un socio privado para la prestación de los servicios, frente a otras posibles alternativas de contratación ordinaria.
También considera que existe una ausencia injustificada de división en lotes: El Tribunal censura que Renfe configurase una licitación unitaria de alcance nacional por un valor estimado de 923,3 millones de euros sin fraccionarla de forma operativa o territorial.
A este respecto, considera que los argumentos de la operadora pública eran genéricos y que la falta de lotización constituye una restricción directa al acceso de las pymes locales y regionales.
Asimismo, considera que el concurso exigía requisitos de solvencia "desproporcionados" porque el pliego pedía acreditar para que las empresas de transportes pudieran optar a la licitación justificar una facturación anual mínima de 75 millones de euros y la posesión en propiedad de al menos 500 autobuses (300 en el caso de acudir en agrupación de empresas).
El Tribunal determina que estas elevadas exigencias, al fundamentarse en un único lote general, suponían una "restricción severa de la concurrencia" carente de motivación en el expediente.
Por último, la resolución observa trabas injustificadas a las agrupaciones de empresas (UTE), vulneración de los plazos legales de duración, omisión de la publicación preceptiva en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y falta de transparencia y desglose de costes.
“Esta resolución es una victoria de la legalidad, de la libre competencia y de la supervivencia de las pymes y microempresas españolas. No podíamos consentir que un operador público estatal pretendiese regalar un mercado de casi 1.000 millones de euros a un oligopolio, marginando a quienes prestan día a día un servicio excelente y con máxima capilaridad en cada rincón de nuestra geografía”, concluyen Anetra y Fenadismer.
Por ello, ambas organizaciones exigen a la Dirección General de Renfe Viajeros que cualquier futuro proceso de contratación de servicios de transporte alternativo por carretera respete escrupulosamente la estructura empresarial española.
(SERVIMEDIA)
24 Jul 2026
JBM/clc


