Transportes

Vueling asegura que ya ha mejorado la accesibilidad de su web

MADRID
SERVIMEDIA

Vueling aseguró este viernes, en referencia a la sentencia que condena a la aerolínea por falta de accesibilidad en su web por un procedimiento abierto en 2020, que desde ese momento ha implementado diferentes desarrollos para mejorar la accesibilidad de sus clientes en todas sus plataformas.

Fuentes de la compañía consultadas por Servimedia indicaron también que en línea con el compromiso con la accesibilidad, “seguimos trabajando de forma constante en nuevos desarrollos y mejoras adicionales para nuestra web y aplicación móvil”.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la multa de 90.000 euros y la prohibición de concurrir a procedimientos de concesión de ayudas oficiales por seis meses impuestas a Vueling Airlines por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales debido al incumplimiento en su página web de las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad.

En una sentencia, los magistrados de la Sección Octava desestiman el recurso de la aerolínea contra la Resolución de octubre de 2020 impuesta por la comisión de una infracción grave del artículo 95.3.e) del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.

La compañía aérea, en su recurso, alegaba que no se había desarrollado ninguna conducta subsumible en la norma presuntamente infringida, salvo que se hiciera una interpretación “extensiva e irracional”, y que su actuación no puede considerase contraria a sus obligaciones en materia de accesibilidad.

Argumentaba, además, que el informe de Centro Nacional de Tecnologías de Accesibilidad (Centac) emitido destacaba los aspectos positivos de su web, lo que acreditaba su buena fe y su clara intención de adaptar su página online y que la sanción accesoria que le impedía acceder a ayudas oficiales resultaba más perjudicial que la propia multa.

En su sentencia, la Audiencia desestima todas las alegaciones de la compañía y señala que la infracción se encuentra adecuadamente tipificada en una norma con rango de ley, concretándose las “normas sobre accesibilidad” en otra ley, y el Real Decreto que la desarrolla, por lo que no es posible entender vulnerado el principio de legalidad.

Con todo ello, los jueces consideran que la Administración ha valorado que, a pesar del tiempo transcurrido desde la anterior evaluación de la web y de la sanción impuesta, los avances han sido mínimos, continuando la infracción con permanencia en el tiempo, sin que se haya adoptado una medida para corregir las deficiencias. Igualmente, añade, se ha considerado el número de potenciales clientes con discapacidad que pudieran verse afectados, lo que motiva que la sanción se haya impuesto en su grado máximo.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 2024
JBM/clc