Derechos Sociales

Los usuarios de perros de asistencia podrán acceder con ellos a cualquier espacio de uso público en toda España

- El Gobierno aprueba un real decreto para regular la actividad y el bienestar de estos animales

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que garantiza el acceso de todas las personas usuarias de perros de asistencia a lugares de uso público junto a dichos animales en cualquier lugar de España.

Así lo anunció en rueda de prensa el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, a cuyo departamento corresponde el impulso de esta iniciativa. Según Bustinduy, esta norma tendrá “un impacto fundamental en los derechos” de las personas usuarias de perros de asistencia, pues “estos animales constituyen un elemento que contribuye a favorecer su autonomía y su vida independiente”. “Combate al tiempo la soledad a la que se enfrentan muchas de estas personas", y subrayó “su impacto positivo para las víctimas de violencia de género o sexual” que los utilicen.

En concreto, el real decreto regula la actividad y el bienestar de los perros de asistencia que dan servicio a personas con discapacidad, personas con trastorno del espectro autista, personas con patologías que lleven consigo crisis recurrentes con desconexión sensorial y también a mujeres víctimas de violencia de género y sexual.

Se trata de un nuevo real decreto que complementa la legislación de cada comunidad autónoma en torno a este tipo de animales y, a nivel estatal, sustituye una norma de 1983, muy circunscrita a la discapacidad visual.

Gracias a ella, las personas que necesitan estos perros de asistencia tendrán garantizados sus derechos y los de sus animales para toda España. Amplía el reconocimiento normativo del que disponen en la actualidad, que se limita a la comunidad autónoma donde se les concedió el distintivo para este servicio.

A través de este real decreto, Derechos Sociales busca asegurar que todas aquellas personas que requieran de un perro de asistencia pueden acceder con estos animales a lugares públicos y privados de uso público, en cualquier lugar de España con independencia de la comunidad autónoma en la que se encuentren.

Esto se traduce en que podrán acceder a centros educativos, culturales, deportivos o sanitarios, excepto en quirófanos y otras áreas en las que deban garantizarse unas condiciones higiénicas especiales. También podrán acceder a establecimientos comerciales al por menor, supermercados, mercados o comercios de alimentación, así como alojamientos turísticos, establecimientos de hostelería y restauración, museos y teatros. Además, se permitirá el acceso a playas, a áreas recreativas, a recintos de piscinas y a parques acuáticos, siempre que el animal no entre al agua. Gracias a esta nueva norma, las mujeres víctimas de violencia de género y sexual podrán también acceder con perros de asistencia a albergues o centros asistenciales.

DISCAPACIDAD

Este real decreto reconoce a nivel estatal la relación entre la persona con discapacidad y su perro de asistencia como una unidad en todo el territorio nacional, y regula que la formación que estos animales deben recibir para el desempeño de sus funciones sea ofrecida por personas acreditadas o reconocidas de forma oficial en la educación, la socialización y el adiestramiento de perros de asistencia, bien pertenezcan a entidades o sean profesionales autónomos especializados.

La normativa incluye medidas específicas para mejorar el bienestar de los perros de asistencia, estableciendo obligaciones de cuidado y respeto para las personas usuarias y para las entidades o profesionales encargados de su adiestramiento.

Otra novedad reseñable es que la nueva normativa garantiza el derecho de estos perros al descanso, ya que podrán dejar de prestar servicio cuando cumplan 10 años. Además, mantendrán su derecho a seguir accediendo a los espacios de uso público una vez pasado su tiempo en activo.

El real decreto desarrolla los derechos reconocidos en la Constitución tras la reciente reforma del Artículo 49, dirigida a impulsar la plena inclusión e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Además, actualiza la legislación española en relación a este tipo de asistencia, en línea con los fundamentos de autonomía personal, inclusión en la comunidad y accesibilidad universal que se fijaron con la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2006.

Al mismo tiempo, la iniciaitiva persigue el objetivo de ofrecer una vida más independiente para las personas ciegas o con discapacidad visual. También se refiere a las personas con otras discapacidades que requieren de un perro de asistencia, como las personas con discapacidad auditiva o con sordoceguera que requieren de perros adiestrados para avisar de la emisión de sonidos y su procedencia; personas con discapacidad física que precisan de perros adiestrados como apoyo y auxilio en actividades de la vida diaria; personas con trastornos del espectro autista que deben ser asistidas por perros adiestrados para promover su autonomía personal; o personas con patologías que lleven consigo crisis recurrentes con desconexión sensorial y que necesitan estar acompañadas por un perro adiestrado para avisar de una alerta médica.

(SERVIMEDIA)
27 Mayo 2025
AGQ/gja