APROBADA LA REFORMA DE LA LEY DE AGUAS

-La ministra Tocino afirma que el Plan Hidrológico se llevará al Parlamento en esta legislatura

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó hoy el proyecto de reforma de la Ley de Aguas de 1985 que incentiva la desalación de aguas, modifica el régimen jurídico de los organismos de cuenca, y crea un sistema de control efectivo de los vertidos contaminantes.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministrs, la minstra de Medio Ambiente, Isabel Tocino, justificó la necesidad de reformar la Ley de Aguas en el incremento "desmesurado" del consumo de agua desde los años 70 y en la necesidad de introducir una "nueva cultura del agua".

"Tratamos de demostrar que no hay mercados, sino regulación y flexibilización para acercar el uso más eficiente de ese agua al ciudadano. El que sea de dominio público no da patente de corso para hacer un mal uso del agua y que, al contrario, con esta ley lo que vamos a conseuir es que no se despilfarre ese bien tan limitado".

La ministra afirmó que tras la ordenación de los planes de cuenca, aprobada el pasado año, y la reforma de la Ley de Aguas queda pendiente el Plan Hidrológico Nacional, que será llevado al Parlamento en esta legislatura previo paso por el Consejo de Ministros.

La reforma, aprobada hoy, refuerza la carácter medioambiental de los derechos de uso de las aguas, el régimen de reutilización de las aguas residuales depuradas, la mejora de la gestión eonómico-financiera y la regulación de las obras hidráulicas.

El proyecto de ley no modifica conceptualmente el régimen económico-financiero de la Ley de Aguas vigente, salvo en materia de canon de vertidos. La norma fija el cobro de este canon a todos los vertidos existentes, siempre que resulten legalizables.

También prevé potenciar la obligación de medir los consumos de agua mediante sistemas homologados. Esta prescripción se hace extensible a los vertidos al dominio público hidráulico.

EVITA LA ESPECULACION

Se establecen además contratos de cesión del agua, cuya vigencia se subordina a los derechos del que realiza la cesión. Tendrá carácter temporal, respetarán la preferencia de usos establecidos en la Ley y serán notificados a los organismos de cuenca, que tendrán derecho de adquisición preferente y potestar para suspender el contrato si es negativo para los intereses generales.

Para evitar un uso especulativo del contrato, se vincularán las cesiones a usos reales previos y se reguará un mecanismo para evitar la creación por esta vía de nuevos regadíos.

El texto prevé la equiparación del régimen jurídico de las obras hidráulicas con el resto de las obras públicas. Para ello, especifica qué obras hidráulicas son de interés general y el procedimiento para su aprobación.

La reforma aprobada hoy establece un mecanismo mediante el cual los regantes que tienen pendiente de pago cánones y tarifas correspondientes a los años 1992-95, periodo de la útima sequía, quedan eximigos de u pago.

(SERVIMEDIA)
07 Mayo 1999
EBJ