Discapacidad

El BOE publica las bases para la concesión de las ayudas del ‘Programa Reina Letizia para la Inclusión’ de personas con discapacidad

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado publicó este jueves la orden del Orden del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del ‘Programa Reina Letizia para la Inclusión’, dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad.

La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del programa, que se desarrolla a través del Real Patronato sobre Discapacidad, para la concesión de subvenciones con el objetivo de promover e incentivar que las personas con discapacidad que no están accediendo a la formación y la educación puedan superar las barreras que limitan ese acceso.

También persigue ayudar a aquellas personas con discapacidad que, aun accediendo a la formación, ven limitados sus recursos, de manera que se garantice y fomente el ejercicio del derecho de las personas con discapacidad a la educación, sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, “en aras de la consecución y garantía del pleno disfrute de todos sus derechos, promoviendo las mejoras de sus condiciones educativas y formativas y su inserción social”.

Estas ayudas se configuran como complementarias de las que ya pudieran existir y del patrimonio personal y familiar de las personas con discapacidad.

Las ayudas estarán destinadas a la adquisición de productos y bienes y servicios que garanticen la finalidad última, que es el fomento del ejercicio del derecho a la educación.

La orden señala que la concreción de las ayudas en cada edición del programa tiene en cuenta la disponibilidad presupuestaria aprobada en la ley de Presupuestos Generales del Estado anualmente y las necesidades a cubrir conforme al objeto de la presente orden, de tal forma que promuevan la formación y educación de las personas con discapacidad.

Podrán obtener la condición de personas beneficiarias de las ayudas personas que estén en posesión de la nacionalidad española o ser extranjero con residencia legal en España; con una discapacidad legalmente reconocida en España, igual o superior al 33 por ciento, o situaciones asimiladas, considerándose como tales también a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente; también serán beneficiarias las personas con capacidad intelectual límite destinatarias de las medidas de acción positiva para el acceso al empleo,

(SERVIMEDIA)
06 Oct 2022
GJA