Consumidores

OCU pide que participar en una mesa electoral sea “causa de fuerza mayor” para poder anular paquetes vacacionales

-Insta a agencias de viajes, compañías aéreas y hoteles a que devuelvan a los consumidores afectados el importe correspondiente

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) sugirió este martes que la designación para formar parte de una mesa electoral en las elecciones generales convocadas para el próximo 23 de julio sea considerada una “causa de fuerza mayor” que permita la anulación de paquetes vacacionales e instó a agencias de viajes, compañías aéreas, hoteles y demás empresas del sector a que devuelvan a los consumidores afectados el importe correspondiente a las vacaciones que no podrán disfrutar por este motivo.

Así lo demandó en un comunicado en el que recordó a los ciudadanos que, si son elegidos para formar parte de una mesa electoral y ya tenían unas vacaciones contratadas para esa fecha, tienen siete días para “alegar” ante la Junta Electoral de Zona “cuál es la causa justificada que les impide la aceptación del cargo”, acompañando a dicha solicitud la documentación que acredita la misma, como la reserva de hotel o la compra de un billete de avión o de tren.

En este punto, solicitó a las Juntas Electorales que “flexibilicen” sus “criterios” de admisión para “evitar una avalancha de reclamaciones por cancelación de viajes” y que “entiendan” que las vacaciones son “un evento familiar de especial relevancia, que resulta inaplazable y que, en caso contrario, puede provocar un perjuicio económico importante”, tanto si el interesado es nombrado miembro de la mesa electoral como si lo es algún miembro de su familia “con los que planeaba las citadas vacaciones”.

Tras puntualizar que es “importante cumplir con los plazos y formalidades para evitar un perjuicio mayor, ya que eludir los mismos puede suponer un delito”, consideró que “es momento de modificar” el artículo 27 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General “a fin de que se dote de voluntariedad al nombramiento de presidente y vocales de las mesas electorales”.

Asimismo, urgió a la Junta Electoral Central (JEC) a que dicte una instrucción que establezca “criterios unificados sobre excusas de participación en las mesas electorales” y explicó que, en caso de que la Junta Electoral “deniegue” la “excusa” alegada “estaríamos ante un supuesto de fuerza mayor, ya que se trata de una obligación legal, imprevista e imprevisible” y que, “por tanto, se pueden cancelar las vacaciones sin penalización económica”.

“Para ello, no es necesario tener un seguro de viajes contratado, por ser una circunstancia extraordinaria que obliga a las partes a restituirse en sus prestaciones por aplicación del Código Civil”, sentenció.

En este sentido, subrayó que los afectados deberán acompañar a la solicitud de cancelación la resolución de la Junta Electoral de la designación como miembro de la mesa electoral, así como la resolución “por la que se deniega la excusa”.

En paralelo, aseveró que esta “situación excepcional” aplica para el nombrado y para el resto de miembros de la unidad familiar si la reserva se realizó conjuntamente, por lo que la causa de fuerza mayor “se debe extender a todos los viajeros que habían planificado en grupo dicho viaje”.

Por último, reclamó a las agencias de viajes, compañías aéreas, hoteles y demás empresas del sector “una especial consideración y sensibilidad en estas situaciones”, ofreciendo el reembolso de los viajes contratados “u otras opciones de cancelación flexible, a elección del consumidor”.

(SERVIMEDIA)
30 Mayo 2023
MJR/gja